Entrarán en vigencia el 30 de septiembre

BCRA reguló cargos y comisiones de bancos

  • También acotó el negocio de seguros. Las entidades deberán darle la opción a los clientes de “elegir entre al menos tres compañías no vinculadas entre sí”.

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Según Marcó del Pont, estas decisiones “favorecerán” finalmente a los usuarios con una reducción del costo de operar con el sistema financiero. Foto: El Litoral/Archivo

 

De la redacción de El Litoral

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El Directorio del Banco Central aprobó ayer una normativa de “protección a los usuarios de servicios financieros” que, entre otros ítems, busca reducir el costo de los créditos eliminando cargos administrativos y comisiones. Según entidades privadas, la nueva regulación podría reducir hasta 8 puntos porcentuales la tasa de un préstamo.

Desde el 30 de septiembre próximo, día en que comenzará a regir la normativa, los bancos deberán cobrar cargos y comisiones que representen “un costo real, directo y demostrable” que deberá estar justificado a nivel técnico y económico.

“La aplicación de cargos y comisiones deberá tener como contrapartida la real prestación de un servicio por parte de las entidades o de terceros”, explicó un comunicado de BCRA y agregó que tampoco “serán admitidos los cargos y comisiones por servicios o productos que no hayan sido solicitados, pactados o autorizados por los usuarios”.

Bajo esos principios generales, la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont aseguró que impedirá de manera expresa que los bancos cobren a sus clientes por la generación de resúmenes de cuenta, el envío virtual de esos mismos resúmenes y los movimientos de dinero por ventanilla. Tampoco podrán incluir en el costo de los créditos que otorgan comisiones por la contratación de seguros ni costos por evaluación, otorgamiento o administración.

En una entidad calcularon que las nuevas normas podrían limar entre 7 y 8 puntos porcentuales de la tasa que cobran por préstamos. Por ejemplo, en un préstamo personal -que tiene un costo de entre el 50% y el 70% anual-, significaría un abaratamiento del 10%.

“Antes de sacar la norma aseguraron a las cámaras que la norma no iba a afectar al núcleo del negocio”, dijeron en otro banco. “Todavía falta ver la letra chica, pero en principio parecen normas laxas y difíciles de aplicar”, agregaron. Voceros del BCRA explicaron que el objetivo es eliminar todo costo ajeno a la actividad financiera en sí.

El concepto de “gastos varios” que pagan algunos usuarios de cajas de ahorro, por ejemplo, debería transformarse en un cargo específico o desaparecer, ejemplificaron.

Servicios prestados por terceros, como seguros de vida o contra impago, sólo podrán trasladarse al cliente al costo, sin adicionales, agregaron.

El grueso de la munición de la normativa apunta a regular el costo financiero total (CFT) de los créditos que otorgan los bancos, es decir, los costos que cobran los bancos por encima de la tasa propiamente dicha.

Un préstamo a una tasa nominal del 30% anual puede alcanzar un CFT de más del doble de esa cifra. Así, por ejemplo, las entidades financieras ya no podrán publicar sólo la tasa nominal o la tasa efectiva anual que cobran a sus deudores, sino que deberán especificar el CFT. En caso de no cumplir con esta obligación, los bancos deberán cobrar a los afectados una tasa igual a la que pagan por los plazos fijos, a modo de castigo.

Entre los cargos que no podrán cobrar figuran comisiones por seguros de saldo deudor o de vida, una parte importante del CFT. Además, estarán obligados a ofrecer al menos tres empresas de seguros para que cada cliente elija cuál prefiere.

“Con esta nueva norma que aprobó el Directorio estamos afianzando la protección a los usuarios del sistema financiero, evitando situaciones abusivas y cobros indebidos de cargos y comisiones. Todas estas decisiones (que entrarán en vigencia el 30 de setiembre) favorecerán a los usuarios con una reducción del costo de operar con el sistema financiero”, celebró Marcó del Pont en el comunicado del BCRA.

Lazos entre bancos y cuevas

El viceministro de Economía, Axel Kicillof, aseguró que los bancos muchas veces se inclinan a “la timba” financiera con créditos usurarios y no a dar préstamos blandos para la producción, por lo que adelantó que “ya habrá novedades” oficiales.

El funcionario también acusó a las entidades financieras de tener “vasos comunicantes” con las grandes “cuevas” que comercializan el dólar blue.

El secretario de Política Económica destacó que el mercado marginal de dólares es ilegal aunque tenga en muchos casos respaldo de entidades financieras que operan en el sector formal.

“Ese mercado ilegal tiene algunos vasos comunicantes con el sector financiero, que son los bancos”, denunció el funcionario. También aseguró que próximamente el Banco Central dará a conocer algunas medidas sobre esta cuestión.

“Nuestro modelo de crecimiento implica financiamiento no usurario con las tasas de interés. Nosotros tenemos metas para las tasas: el Banco Central trabaja con una tasa del 15% créditos productivos”, señaló.

“Necesitamos un sector financiero de una economía que está creciendo, con financiamiento a la producción. Y ahora el Banco Central está avanzando con diferentes medias para regular qué es lo que los bancos les pueden cobrar a los clientes en concepto de tasas y comisiones. Ya tendremos novedades”, concluyó.

Lo importante

Reintegro

  • Se dispone la obligatoriedad de incluir en todo documento suscripto entre las entidades y los clientes la tasa de interés y el Costo Financiero Total. En caso de no incluirse, las entidades sólo podrán aplicar la tasa de plazos fijos de 30 a 59 días que informe el BCRA. Los importes cobrados indebidamente al usuario de servicios financieros deberán ser reintegrados dentro de los cinco días hábiles, con reconocimiento de gastos e intereses compensatorios.

Cláusula de revocación

  • Se fija una “cláusula de revocación” en los contratos de las entidades con los usuarios. Consiste en un plazo de diez días que permitirá al usuario revocar la aceptación del producto o servicio que hubiera contratado. Es una facultad que tendrá el usuario en tanto no haya utilizado el servicio. Esa facultad no representará costo alguno al usuario y le deberá ser informada por las entidades.

Las cláusulas de los contratos deberán ser fácilmente comprensibles y autosuficientes. Se tendrán por no escritas las que remitan a textos o documentos que no se proporcionen al usuario de manera simultánea a la firma del contrato.

Se establece un listado ejemplificativo de cláusulas consideradas abusivas que no podrán incluirse en los contratos, cuyo denominador común es el tratamiento inequitativo del usuario en el cotejo de derechos y obligaciones entre las partes.

El dato

Seguros

  • En materia de seguros, se establece la obligación de que las entidades otorguen a los usuarios la opción de elegir entre al menos tres compañías no vinculadas entre sí. Se establecen recaudos mínimos que deberán cumplir todos los contratos referidos a productos y servicios financieros, donde se identifica, entre otros, el tamaño de la letra, la suscripción obligatoria de doble ejemplar y la entrega de copias al cliente.