Una fecha en el recuerdo

Los fundamentos de los 150 años de historia de la Policía de Santa Fe

Los fundamentos de los 150 años de historia de la Policía de Santa Fe

Edificio de la primitiva Jefatura de Policía de Santa Fe.

Foto: Archivo El Litoral

 

por Nicolás Pavone

Cada día una efemérides distinta da paso a una celebración. En Argentina, nacimientos y muertes de grandes figuras de nuestra vida política, social e institucional jalonan el almanaque con fechas destacadas. En otras ocasiones, en cambio, las razones del recuerdo se encuentran en batallas, descubrimientos, inauguraciones, encuentros o fundaciones que permiten definir otros festejos. En el caso de la Policía de Santa Fe, la celebración del 31 de agosto, no está basada en ninguna de las opciones anteriores sino en un hecho que muchas veces pasa desapercibido: la aprobación Reglamento de Policía Urbana y Rural durante la gobernación de Patricio Cullen.

Tomando como lazarillo la obra de Jorge Miguel Galvani Celso “Historia de la Policía de la provincia de Santa Fe” se accede al dato sobre la celebración institucional “el 31 de agosto de 1864, el gobierno de la provincia de Santa Fe pone en vigencia el Reglamento de Policía Urbana y Rural dado por el Ejecutivo el 20 de octubre de 1863 y sancionado por la Cámara de Representantes el 9 de agosto del mismo año. Su redacción se atribuye al doctor José M. Zuviría, a la sazón ministro de Gobierno del gobernador Don Patricio Cullen, aunque el reglamento citado fue promulgado por don José María Echagüe (presidente de la Cámara de Representantes que ese años reemplazaba a Cullen, en uso de licencia)”.

Sin embargo la lectura de la obra de Galvani Celso -que toma las raíces desde el período colonial hasta fines del siglo pasado- abunda en detalles sobre su evolución que resultan sumamente atractivos.

Así, previo a aquella fecha de creación, el comisario principal Galvani Celso destaca que en los años previos a su creación formal la Policía santafesina cumplía un grupo de funciones que hoy llaman la atención. Por ejemplo, la policía supervisaba la construcción de edificios y veredas, de las zanjas de las esquinas y hasta la “obligación para los propietarios de casas de hacer barrer todos los jueves de 6 a 10 de la mañana las calles frente a sus edificios, quedando a cargo de presos la parte correspondiente a sitios baldíos”.

Pero los controles eran muchos. Los viajeros, por caso, no podían esquivar el control policial ya que existía la “obligación para toda persona que entrase a la ciudad de presentarse a la autoridad dentro del término de 24 horas”, pero para que sea más efectivo existía la “obligación para todos los mesoneros de dar parte de todo sujeto que se alojase en su establecimiento”.

Más mundanos otros controles señalaban la “prohibición de reuniones en pulperías, de descargar armas de fuego en la ciudad y hacer explotar cohetes sin permiso de la policía; tener perros bravos sueltos de día; de que los vendedores de agua puedan tomarla fuera de los lugares establecidos; de arrojar a la calle aguas puercas, desperdicios o basuras, de dejar cerdos en la calle ‘facultándose propietario el primero que lo encontrara', de efectuar carreras de caballo en el día de trabajo; obligación de ser los pulperos hijos del país y de tener en los negocios mostradores levadizos que cerraran la entrada al interior”.

La organización

Estos criterios -y muchos otros- se mantuvieron hasta que el 31 de agosto de 1864 en que se pone en vigencia el Reglamento de Policía Urbana y Rural que se “constituye en la primera organización legal de la Policía durante la reorganización nacional, que determina la jurisdicción y competencia de la Policía. Crean en la ciudad capital el cargo de jefe de Policía y uno de oficial primero para la ciudad de Rosario, jueces de paz en cada una de las ciudades cabeceras de departamento, comisarios para los cuarteles de la ciudad y comisario de Campaña, todo bajo el control del gobierno”.

Recuerda Galvani Celso que “por aquel entonces la división política de la provincia era: departamento La Capital; de Rosario, el San Jerónimo y el de San José. A la Jefatura de la Capital le comprendía el control de los departamentos San Jerónimo y San José, y a la de Rosario, todo el departamento de su nombre aunque ésta, a cargo de un jefe político”.

El Reglamento fijó una serie de atribuciones y obligaciones “como la de: velar por la conservación del orden público, y trabajar para que no se consumaran delitos con indicios vehementes, disponiendo además que se podría aprehender no sólo a los delincuentes de hecho sino también a los que se disponían a delinquir, manifestando su intención con actos preparatorios que no dejaren dudas de ello, disposición ésta que es la esencia prevencional de la misión de la Policía”.

El 24 de noviembre de 1986 se crea la Inspección General de Policía, dependiendo en forma directa del Ministerio de Gobierno. Se fundamenta su creación en la necesidad de vigilar permanentemente el funcionamiento regular de las Policías de la provincia. A tal fin se dispone de una oficina encargada de controlar y garantizar la seguridad pública.

La Inspección General estaba a cargo de un inspector general con asiento en el Ministerio de Gobierno de quien recibía órdenes e instrucciones.

El tramo final

Señala Galvani Celso que “muchos años transcurrieron desde la organización policial sin que se contara con una ley de ordenamiento y estabilidad. Existían algunas reglamentaciones aisladas sin unidad sobre ciertos tópicos policiales: órdenes del día de algunas jefaturas, contradictorias a veces, con excepción a la ley Reglamento de Policía Urbana y Rural del 31 de agosto de 1864; que más tarde dio tema fecundo a críticas científicas y que determinó que el Ministerio de Gobierno, a cargo del doctor Pedro S. Alcácer encomendara por decreto de marzo de 1892, la presentación de un proyecto de Código de Policía, elaborado por los señores José García González y Gabriel Carrasco y luego puesto en vigencia. No dio buen resultado el mencionado reglamento echándose mano al Código Urbano y Rural”.

Finalmente, señala, “nos encontramos que la Policía de La Capital se regía por un Reglamento Interno sancionado por el gobernador Crespo el día 6 de octubre de 1910, mientras Rosario contaba con un Reglamento Interno para la Policía del departamento Rosario de fecha 3 de septiembre de 1923. Por el año 1945, el Ministerio de Gobierno e Instrucción Pública de la provincia pone en vigencia un nuevo Reglamento de Policía. En él se contemplaban las distintas funciones, donde se establecen las jerarquías de los funcionarios”.

Como último eslabón, reflexiona, “se hacía necesario un ordenamiento para las Policías de la provincia estableciendo una organización a quienes actuaban como auxiliares permanentes de la administración de Justicia. Así lo interpreta el gobierno de la Provincia que el día 12 de julio de 1971, sanciona y promulga con fuerza de ley, registrada bajo el número 6.706, la Ley Orgánica de la Policía de la provincia de Santa Fe, dando paso a la estructura moderna que llega hasta nuestros días.