Recomendaciones de la Dirección de Derechos Ciudadanos

Qué hay que tener en cuenta al contratar un viaje estudiantil

  • En lo que queda del año, las agencias ya no pueden vender paquetes con salida luego del 31 de enero de 2016, ya que los mismos no tendrán los seguros y garantías. Aconsejan no firmar precontratos y verificar certificaciones de la empresa que se contrata.
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Para evitar inconvenientes al momento de la partida, la Dirección de Derechos Ciudadanos brinda recomendaciones a los padres. Foto: Pablo Aguirre / Archivo El Litoral

 

De la Redacción de El Litoral

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Con motivo de consultas realizadas en la Dirección de Derechos Ciudadanos del gobierno de la ciudad, el área brindó una serie de recomendaciones a tener en cuenta al momento de contratar viajes estudiantiles. En este sentido, el titular de la oficina Franco Ponce de León indicó que en las últimas semanas padres y estudiantes se acercaron para informarse acerca de las condiciones y normativas que encuadran este tipo de viajes.

“Es importante recordar que según la normativa vigente, las agencias, ya sean organizadoras o comercializadoras, no pueden vender viajes de estudios o viajes de egresados que tengan una fecha de iniciación posterior al 31 de enero del segundo año calendario posterior al año de la solicitud. Es decir que durante este año está prohibida la venta de paquetes estudiantiles con salida luego del 31 de enero de 2016, ya que los mismos no tendrán los seguros y garantías obligatorias establecidos por la Ley 25.599”, indicó el funcionario.

Franco Ponce de León explicó que “lo que se busca con esta iniciativa es que los consumidores no firmen contratos a tan largo plazo con precios promocionales y fechas de salidas extensas en el tiempo, donde es difícil garantizar los precios ciertos en un período tan amplio. La idea es evitar que, llegado el momento de partir al lugar de destino, se vean imposibilitados de concretar el viaje o parte de los servicios convenidos”.

¿Qué es la “cuota cero”?

Franco Ponce de León recordó que se encuentra vigente la denominada “cuota cero”. Consultado acerca de esto, especificó que se trata del primer pago del viaje, que va a un fideicomiso: “Si la agencia incumple el contrato, el fideicomiso te asegura el viaje, pero sólo puede ser emitida por las agencias autorizadas”.

La cuota cero equivale al 6% de cada contrato y este pago se efectúa a un fideicomiso, no a una agencia de viajes. Esta cuota es entregada por la agencia de viajes a quienes deseen contratar un viaje estudiantil.

Asimismo, una vez que es abonada, entra en vigencia el contrato y luego el plan de pagos continúa normalmente. “Es muy importante exigir el cumplimiento de la cuota cero a las empresas para garantizar de manera efectiva el viaje”, indicó Ponce de León.

Certificados

Con respecto a las cuestiones a tener en cuenta al contratar una agencia de viajes, desde la Dirección de Derechos Ciudadanos se hizo hincapié en primer término en verificar que la empresa que ofrece el servicio cuente con el Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil, que emite el Ministerio de Turismo de la Nación y que se renueva anualmente.

Para corroborar si cuenta con la autorización correspondiente, conocer la nómina de agencias y los requisitos que deben cumplir, se puede acceder al sitio www.turismoestudiantil.gov.ar. Esta consulta se puede realizar ingresando el número de legajo, designación comercial, localidad o provincia de la empresa.

También es importante que en la copia del contrato figure el nombre, y la categoría del hotel. Además debe estar asentado si las comidas se realizan en el hotel o un restaurante, el nombre y domicilio de todos los prestadores de servicios y se debe contar con una copia de la póliza de accidentes.

En esta póliza deben estar incluidos los nombres de todos los integrantes del contingente y la empresa debe informar el número de DNI y voucher de la cobertura de asistencia médica, como así también el número de teléfono, fax y el correo electrónico de la empresa responsable del viaje.

Precontratos

Otra advertencia es que no se debe firmar nunca precontratos, ya que su validez es nula. Además, se deben leer los contratos detenidamente y controlar que el convenio entre las partes contenga fecha y lugar real donde se firma, debido a que las empresas deben tener su casa matriz, sucursal o representante en la zona.

En el caso de que se contrate una agencia de turismo que vende productos de otra agencia, debe figurar las designaciones comerciales de ambas y se debe indicar cuál es la empresa organizadora. Además, se debe pedir factura cuando se adquiera cualquier otro servicio adicional que no haya sido incluido en el contrato.

Es importante tener en cuenta que los establecimientos educativos no pueden organizar ni comercializar viajes de egresados o viajes de estudios, ya sea en forma directa o por intermediarios. Esta actividad es propia de los agentes de viajes debidamente habilitados.

Tampoco pueden realizar viajes estudiantiles aquellas agencias de viajes que, teniendo licencia habilitante, no hayan obtenido el Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil.

+ información

Los ciudadanos podrán dirigirse a la Dirección de Derechos Ciudadanos de la Municipalidad, ubicada en Salta 2840, en el horario de atención de 07.30 a 13 y de 15 a 18, telefónicamente al 4574119 y por email a [email protected].