Inspección General de Personas Jurídicas
Inspección General de Personas Jurídicas
Piden informes sobre un contrato de fideicomiso
El diputado Acuña entiende que es contrario a las normas que regulan el funcionamiento del Estado.
De la redacción de El Litoral
Mediante la presentación de un pedido de informes, girado a comisiones, el diputado Héctor Acuña (Proyecto Santafesino) pone la lupa sobre la modernización de la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ) de la provincia y el contrato de fideicomiso celebrado entre el organismo y BMR Mandatos y Negocios SA. “El tenor del contrato parecería estar totalmente contrario a las normas que regulan la gestión y administración de los bienes del Estado provincial por parte de sus funcionarios delegándose funciones y cometidos públicos en particulares sin contar aparentemente con norma alguna que así lo disponga”, explicó el legislador a El Litoral.
El pedido consta de cuatro puntos: acto administración que determinó la modernización de la IGPJ; trámite impuesto a la licitación, concurso o proceso de selección legalmente establecido a efectos de la adjudicación las obras, tareas y servicios de esa modernización; si se delegaron facultades al fiscal de Estado y a funcionarios de la Inspección a efectos de la firma del contrato de fideicomiso celebrado el 10 de octubre de 2014 entre BMR Mandatos y Negocios SA y la IGPJ que contenían numerosas atribuciones y funciones que son competencia del Poder Ejecutivo Provincial y detalles de la intervención de la Dirección General del Servicio Administrativo Financiero de la Fiscalía de Estado que culminaron con la firma del contrato.
Razones de las dudas
Acuña señaló que el objetivo principal de su proyecto es conocer los antecedentes que dieron origen al contrato de fideicomiso entre el organismo oficial y BMR Mandatos y Negocios SA en calidad de fiduciario del fideicomiso de administración llamado Modernización IGPJ provincia de Santa Fe.
Explicó que de la lectura del contrato se desprende que el fideicomiso tiene por objeto captar y administrar fondos, bienes o servicios a los efectos de que sean aplicados por el fiduciario a fin de coordinar con la IGPJ la remodelación, reubicación y demás tareas de mantenimiento, o reacondicionamiento integral de las instalaciones y los lugares de atención al público, oficinas y demás sectores esenciales para el cumplimiento de su objeto. También contratar mano de obra necesaria para el cumplimiento de esa tarea y la provisión de los materiales necesarios para ello; efectuar los trámites administrativos que fueren pertinentes a los fines de lograr habitaciones y trámites ante autoridades competentes como permisos de edificación, remodelación; contribuir con la IGPJ dotándola de recursos de cualquier tipo y clase, insumos, personal, etc. a efectos de lograr un mejor desarrollo integral; organizar eventos ligados al objeto y fin de la entidad, pudiendo para ello dictar cursos, posgrados, seminarios, gratuitos u onerosos; organización integral de festejos, difusión y promoción.
El plazo máximo del contrato es de 30 años y para Acuña es “totalmente contrario a las normas que regulan la gestión y administración de los bienes del Estado provincial por parte de sus funcionarios delegándose funciones y cometidos públicos en particulares sin contar aparentemente con norma alguna que así lo disponga”.
El legislador especificó que el BMR es una sociedad anónima conformada por el Banco Municipal de Rosario y la Municipalidad de Rosario. “Lo más grave del contrato es que podría ocultar una estrategia impulsada por funcionarios públicos, mediante la cual, por acciones u omisiones de ellos, se permite que una sociedad administre y recaude fondos públicos y privados con destino a su organismo controlante (IGPJ)”, afirmó. Entre las objeciones menciona la falta tanto de autorización legal para el convenio como de transparencia para las relaciones públicas de control de las sociedades comerciales y la indelegabilidad de las funciones públicas de recaudación y administración de bienes y cometidos públicos. “Este contrato permite o hace factible que por las gestiones de la controlada se conviertan en fiduciantes por adhesión otras personas jurídicas controladas a quienes se les requerirá aportes con destino a su controlante”, concluyó.
" Queremos estar tranquilos de que a través de este contrato no se estuviera gestando un modo de privatización encubierta de la Inspección General de Personas Jurídicas”.
Héctor Acuña,
diputado provincial.