Lo aprobó el Concejo local
Lo aprobó el Concejo local
Las cooperadoras escolares de la ciudad ya tienen reglamento
Se establecen objetivos y funciones de estos espacios donde interactúan padres, alumnos y vecinos.
De la Redacción de El Litoral
educacion@ellitoral.com
El Concejo local sancionó una ordenanza que creó un Reglamento General para las Asociaciones Cooperadoras de Instituciones Educativas que dependan de la Municipalidad, es decir los jardines municipales y el Liceo Municipal. Es una norma madre que deja taxativamente establecido un ordenamiento administrativo y económico de estos ámbitos donde participan padres, docentes, alumnos y vecinos.
“La iniciativa busca involucrar más a las familias, a los alumnos y ex alumnos, en la toma de decisiones de las instituciones educativas que dependen del municipio. Cooperar significa integrar, compartir, y convivir en la convivencia”, declaró la impulsora del proyecto, la concejala Rossana Ingaramo (FPCyS-UCR), y ex secretaria de Educación municipal.
La norma reglamentará tanto la cooperadora del Liceo -que ya existe- como la constitución de cooperadoras en los jardines municipales. Los objetivos son promover “la integración de la comunidad educativa; democratizar la gestión educativa; fomentar prácticas solidarias y de cooperación, la igualdad de trato, la inclusión educativa y la defensa de la educación pública”.
Dentro de las finalidades, la ordenanza menciona que las cooperadoras deberán colaborar con la integración e inclusión de sectores de la comunidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad educativa; realizar actividades solidarias con otras asociaciones cooperadoras educativas; percibir y ejecutar subsidios para el mantenimiento edilicio de los establecimientos educativos; dotación de mobiliario y equipamiento, adquisición de útiles y materiales didácticos”.
También deberán “contribuir al mejoramiento de la calidad de las condiciones del espacio educativo, colaborando con el mantenimiento y las mejoras del edificio”. Las asociaciones cooperadoras no tendrán injerencia en las funciones técnico-administrativas de la institución educativa de la que depende, y deberán ser absolutamente ajenas a toda tendencia ideológica, política, racial o religiosa, dice el texto aprobado.
Organización
Las cooperadoras podrán estar integradas por madres, padres, tutores o representantes legales de los alumnos, personal de la institución, vecinos, alumnos mayores de 18 años, y ex alumnos mayores de 18 años. La sede “natural y obligatoria” será la institución educativa a la que pertenezcan.
Primero, deberán constituirse como asociaciones. Para funcionar como tales tendrán que contar con el reconocimiento oficial; presentar copia del acta constitutiva de la asociación; un proyecto de Estatutos aprobados por la asamblea de socios; una copia fiel del acta aprobatoria del Estatuto Social, y nómina de la Comisión Directiva.
Las asambleas se reunirán anualmente en la fecha que fije el Estatuto Social, dentro del período comprendido entre los meses de abril a mayo de cada año. Tendrá que considerar la Memoria Anual y el Balance General, al cierre o clausura de cada ejercicio social, con la aprobación y objeción del caso; elegir total o parcialmente, según corresponda, a los miembros de la comisión directiva, y fijar la periodicidad y monto de la cuota societaria.
Podrán tener un número de socios ilimitado pero quedará absolutamente prohibida la fijación de cuotas de ingreso, o la exigencia previa de cualquier otra contribución a los interesados. La norma establece categorías específicas para cada tipo de socio: activos, honorarios y adherentes.
El dato
Acuerdo social