Lo aprobó el Concejo local
Lo aprobó el Concejo local
Las cooperadoras escolares de la ciudad ya tienen reglamento
Se establecen objetivos y funciones de estos espacios donde interactúan padres, alumnos y vecinos.
De la Redacción de El Litoral
El Concejo local sancionó una ordenanza que creó un Reglamento General para las Asociaciones Cooperadoras de Instituciones Educativas que dependan de la Municipalidad, es decir los jardines municipales y el Liceo Municipal. Es una norma madre que deja taxativamente establecido un ordenamiento administrativo y económico de estos ámbitos donde participan padres, docentes, alumnos y vecinos.
“La iniciativa busca involucrar más a las familias, a los alumnos y ex alumnos, en la toma de decisiones de las instituciones educativas que dependen del municipio. Cooperar significa integrar, compartir, y convivir en la convivencia”, declaró la impulsora del proyecto, la concejala Rossana Ingaramo (FPCyS-UCR), y ex secretaria de Educación municipal.
La norma reglamentará tanto la cooperadora del Liceo -que ya existe- como la constitución de cooperadoras en los jardines municipales. Los objetivos son promover “la integración de la comunidad educativa; democratizar la gestión educativa; fomentar prácticas solidarias y de cooperación, la igualdad de trato, la inclusión educativa y la defensa de la educación pública”.
Dentro de las finalidades, la ordenanza menciona que las cooperadoras deberán colaborar con la integración e inclusión de sectores de la comunidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad educativa; realizar actividades solidarias con otras asociaciones cooperadoras educativas; percibir y ejecutar subsidios para el mantenimiento edilicio de los establecimientos educativos; dotación de mobiliario y equipamiento, adquisición de útiles y materiales didácticos”.
También deberán “contribuir al mejoramiento de la calidad de las condiciones del espacio educativo, colaborando con el mantenimiento y las mejoras del edificio”. Las asociaciones cooperadoras no tendrán injerencia en las funciones técnico-administrativas de la institución educativa de la que depende, y deberán ser absolutamente ajenas a toda tendencia ideológica, política, racial o religiosa, dice el texto aprobado.
Organización
Las cooperadoras podrán estar integradas por madres, padres, tutores o representantes legales de los alumnos, personal de la institución, vecinos, alumnos mayores de 18 años, y ex alumnos mayores de 18 años. La sede “natural y obligatoria” será la institución educativa a la que pertenezcan.
Primero, deberán constituirse como asociaciones. Para funcionar como tales tendrán que contar con el reconocimiento oficial; presentar copia del acta constitutiva de la asociación; un proyecto de Estatutos aprobados por la asamblea de socios; una copia fiel del acta aprobatoria del Estatuto Social, y nómina de la Comisión Directiva.
Las asambleas se reunirán anualmente en la fecha que fije el Estatuto Social, dentro del período comprendido entre los meses de abril a mayo de cada año. Tendrá que considerar la Memoria Anual y el Balance General, al cierre o clausura de cada ejercicio social, con la aprobación y objeción del caso; elegir total o parcialmente, según corresponda, a los miembros de la comisión directiva, y fijar la periodicidad y monto de la cuota societaria.
Podrán tener un número de socios ilimitado pero quedará absolutamente prohibida la fijación de cuotas de ingreso, o la exigencia previa de cualquier otra contribución a los interesados. La norma establece categorías específicas para cada tipo de socio: activos, honorarios y adherentes.
El dato
Acuerdo social