Pasaron varios meses de pandemia y el fútbol profesional de la Argentina está a la vuelta de la esquina. El único jugador que en el Mundo Colón decidió no resignar un solo peso de su contrato profesional es Lucas Viatri, que hasta aquí sólo firmó seis planillas. Además, si uno mira el contexto de los clubes en Argentina, Viatri debe estar en el podio de los 500 jugadores. Apenas un puñadito no entendió que el fútbol cambió porque la vida cambió.
Viatri llegó desde Peñarol de Montevideo, en enero de este año, con el pase en su poder. O sea libre. Quiere decir que la cesión de derechos económicos fue, directamente, desde el mismo Viatri a Colón, sin club en el medio. Colón logró, pandemia de por medio, negociar la deuda de todos los que se fueron. Luego, llegó el momento de hacer "terrenales" contratos de la pre-pandemia, por caso lo más "ruidosos" fueron los del "Pulga" Luis Miguel Rodríguez y Brian Fernández. Y finalmente, las renovaciones de los vínculos y el sistema de "blindajes" (las famosas cláusulas de salida) para con los jugadores del club: Pierotti, Sandoval, Farías, Farioli, Garcés, Chancalay.
Todos, absolutamente todos los futbolistas de estos tres bloques (los que se fueron, los que se quedaron y los que renovaron), entendieron ese paraguas que usó el Dr. Juan Saliva: "revisión contractual con fundamento en la frustración del contrato inicial y/o en la excesiva onerosidad por causa de la pandemia". De paso, un dato: fue el mismo argumento con el cual Colón "le ganó" la pulseada a Estudiantes de La Plata por el tema de Fernando Zuqui.
El viejo relato del fútbol argentino en las épocas del "Todo Pasa" (me niego a escribir el "Volvé Julio, te perdonamos", pero con Tapia todo es posible) nos llevó a manejar durante años dos frases: 1) "contrato en blanco"; 2) "contrato en negro". Hoy, al menos esa grieta se terminó, porque los dos contratos están registrados y tributan Ganancias, entre otros impuestos.
De un tiempo a esta parte, los jugadores profesionales tienen dos vínculos con los clubes. Lo de Lucas Viatri con Colón no es la excepción:
- 1) Contrato profesional laboral federativo (AFA)
- 2) Contrato de "reconocimiento especial por trayectoria" y "cesión de derechos.
Está más que claro que esa figura de "revisión contractual con fundamento en la frustración del contrato inicial y/o excesiva onerosidad por causa de la pandemia", que aceptaron todos los jugadores de Colón menos Viatri, le apunta al segundo contrato, que siempre es el más importante en cuanto a cifras.
Ante la postura inflexible de Lucas Viatri y su representante Pascual Lezcano, lo que definió como inédita estrategia el Dr. Juan Saliva fue solicitar en el Juzgado de 1ra. Inst. Civil y Comercial 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Iván Di Chiazza, una medida cautelar de "no innovar", ante la amenaza verbal del entorno de Viatri: "O nos pagan todo lo que firmamos en enero de este año o el jugador quedará libre, iniciando un juicio para el cobro".
Lo que Colón logra, con esta cautelar, entre otras cosas, es en principio, evitar que Lucas Viatri quede libre primero y luego que lo inhiba a Colón antes del inicio de la competencia dentro de una semana. Ahora bien, ¿cuál es el espíritu de lo que plantea el Dr. Juan Saliva y que acepte como cierto el juez Di Chiazza?.
El Dr. Saliva, en nombre de Colón, entiende y acepta que el primer contrato (AFA) es de naturaleza laboral y está vigente (N. de R.: el jugador los siguió cobrando en tiempo y forma). Pero plantea que el segundo contrato (el de "reconocimiento especial por trayectoria" y "cesión de derechos económicos"), que es de naturaleza civil y comercial, está "frustrado" o se convirtió en "excesivamente oneroso" en el marco de un hecho extraordinario como es la pandemia.
Lo que el Juez Iván Di Chiazza hizo saber a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) con esta medida cautelar ("no innovar") es que "hasta tanto haya un pronunciamiento sobre la naturaleza jurídica de los contratos de "reconocimiento especial por trayectoria" y de "cesión de derechos económicos" de Lucas Ezequiel Viatri y de cómo debe ser el cumplimiento de los mismos por la aplicación de los arts. 1090 y/o 1091 del CCyC, no podrá modificar y/o alterar y/o cambiar y/o suprimir y/o extinguir el vínculo federativo entre el club actor y el jugador demandado, como así tampoco inhibir al club actor para la incorporación y/o registro y/o contratación de nuevos jugadores y/o la cesión temporal y/o definitiva de los que tiene registrados".
Algunos especialistas a nivel nacional consultados por El Litoral opinaron que "el fútbol argentino podría estar a las puertas de algo que no tiene jurisprudencia" con esta estrategia de Colón con el Dr. Saliva en el caso Viatri. Ninguno de los actores, consultados por este periodista, quisieron hablar con El Litoral.
La Dra. Estela Reschia, abogada de Futbolistas Argentinos Agremiados en Santa Fe, nunca respondió los llamados y lo propio ocurrió con Pascual Lezcano, el representante de Lucas Viatri. En el caso de Colón, tampoco el Dr. Saliva aceptó el diálogo. Finalmente, como se sabe, los jueces casi nunca hablan con la prensa cuando ordenan este tipo de medidas.