De la redacción de El Litoral
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La agrupación Ramón Carrillo denuncia la interrupción de un embarazo de 18 semanas “por el simple pedido de la mamá” y sin que medien las circunstancias legales para que el aborto resulte no punible, amparadas en el artículo 86 del Código Penal.
De la redacción de El Litoral
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La Agrupación Santafesina Ramón Carrillo (ASRC) acusa al Hospital J. B. Iturraspe de haber practicado un aborto sin que medien las circunstancias legales para que el aborto resulte no punible, amparadas en el artículo 86 del Código Penal.
El Dr. Raúl Dalla Fontana, médico tocoginecólogo que preside la agrupación, sostuvo que cuenta con la documentación necesaria para fundar la acusación si bien todavía no realizó la denuncia penal correspondiente. “Es una investigación, a través de datos obtenidos nos dedicamos a chequear la información, vamos a hacer la denuncia penal en los próximos días”, dijo Dalla Fontana a El Litoral.
El médico se refirió a la interrupción de un embarazo de 18 semanas -cinco meses de gestación- “con el solo pedido de la madre” y mediante la administración del medicamento Misoprostol. Se trata de un fármaco utilizado para la prevención y tratamiento de las úlceras gástricas y duodenales, popularmente difundido en Internet para la práctica de abortos mediante la inducción del parto. Según pudo saber El Litoral, esto ocurrió durante la última Semana Santa.
Dalla Fontana sostiene que el cuerpo médico del Iturraspe fue presionado para realizar este tipo de prácticas y que, en este caso, los profesionales recurrieron a la firma de la “objeción de conciencia” para oponerse.
Fuentes del Ministerio Público de la Acusación confirmaron a este diario que todavía no se radicó ninguna denuncia penal por este caso. Consultados al respecto, desde la ASRC sostuvieron que aún indagan las circunstancias del suceso y que, reunidos todos los elementos, serán presentados en la Justicia.
Consultados por El Litoral, quienes integran el Consejo de Administración del Hospital no negaron el caso, pero prefirieron no hacer declaraciones al respecto. Todos fueron convocados a una reunión que se hará mañana martes, a las 9 en el hospital, para tratar el tema.
En octubre del año pasado la Ramón Carrillo denunció públicamente un caso similar en el Samco de la ciudad de Santo Tomé, que fue judicializado por la intervención policial en el momento. La agrupación también sostiene que esta práctica también se realizó en el Hospital Eva Perón, de Granadero Baigorria, y en el Hospital Jaime Ferré, de Rafaela.
—¿En qué circunstancias se produjo el aborto que denuncia?
—Se trata de una mujer que concurrió al Hospital Iturraspe con un embarazo de 18 semanas -unos 5 meses de gestación- y pidió que se le interrumpa el embarazo porque no se sentía en condiciones de tenerlo. Por el simple pedido de la mamá se argumentó que caía en el Artículo 86 del Código Penal, como “aborto no punible” pese a que no correspondía desde el punto de vista legal porque no había ninguna causa de las previstas en el artículo. Pese a eso, el servicio fue presionado para que se le haga el aborto con el argumento de que corría riesgo psicológico de vida la madre. El servicio se negó a hacerlo, todos los médicos de planta del Servicio de Ginecología firmaron la “objeción de conciencia” y pese a esto el Ministerio elaboró un escrito donde los médicos fueron intimados a hacerlo. (El Litoral pudo corroborar que el escrito lleva la firma de todos los integrantes del Consejo de Administración, incluido el director del hospital, Francisco Villano. En ella se refieren a una interrupción legal del embarazo).
Ante la negativa de todos los profesionales, uno de los médicos del Consejo de Administración le suministró a la paciente la pastilla abortiva que se llama Misoprostol y se comprometió a terminar el proceso. Pero cuando el hecho ocurrió, que fue de madrugada, los médicos residentes que estaban de guardia tuvieron que atender a la paciente porque pese a los llamados el médico no concurrió. Esto enviste violencia moral porque un bebé de 18 semanas ya está completo, sólo que es muy chiquito. Los médicos residentes terminaron atendiendo a la paciente. Cuando nos enteramos de que el embarazo no tenía ninguna causa o justificativo de interrupción amparada en el Artículo Nº 86 del Código Penal, realizamos esta denuncia.
—¿Cómo fue que la Agrupación tomó conocimiento de lo sucedido?
—Nosotros trabajamos el tema y tenemos información permanente de lo que está ocurriendo. No podemos dar la fuente porque hay bastante persecución hacia los profesionales que se niegan a realizar este tipo de prácticas.
—¿Cuándo van a realizar la denuncia penal?
—La tenemos prevista para dentro de poco tiempo. Eso no es lo fundamental: al enterarnos de esto nosotros, como ciudadanos, nos vimos en la obligación de hacerlo público porque si no estaríamos incurriendo en el encubrimiento de lo que es un delito.
—¿Qué elementos están esperando para hacer la denuncia?
—Acumular toda la información que tenemos y presentarla en el juzgado de turno. Queremos trabajar sobre seguro por eso los abogados de la agrupación están analizando todo.
—¿Se comunicaron con el Consejo de Administración del Hospital?
—No, no nos comunicamos porque la información no vino desde Consejo, al contrario.
—¿Podría definir a la Agrupación Rubén Carrillo y desde qué lugar accionan en esta denuncia?
—Tenemos la Agrupación Santafesina Rubén Carrillo cuyo objetivo es trabajar en investigación de todo tipo, principalmente en materia de salud pero también tenemos informes económicos y culturales, entre otros. Tratamos de realizar trabajos de tipo científicos, charlas en instituciones. Damos charlas en escuelas sobre salud reproductiva, en fin. El grupo es nutrido. Tenemos la personería jurídica en trámite. Aparte, tenemos un grupo de gente que periódicamente nos reunimos en un lugar físico de la ciudad.
—Hay quienes podría objetar que la denuncia proviene de una agrupación política en tiempos de campaña electoral ¿Cuál sería su respuesta?
—Todo el mundo tiene un alineamiento político, eso no tiene nada que ver con lo que estamos haciendo. Es algo que hemos hecho en varias oportunidades, no es la primera vez que intervenimos en este tipo de situación.
Artículo 86 del Código Penal
“Incurrirán en las penas establecidas en el artículo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo.
El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
1º) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
2º) Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.