El Litoral | Prensa MCSF
Uno en la RN 168 y otro en el centro de la capital provincial.
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A través del trabajo de la Secretaría de Control del municipio, el Tribunal de Faltas Municipal dispuso la clausura de dos locales al constatar que transgredieron las ordenanzas vigentes.
En un caso se trata de un local bailable donde se identificó a un menor de edad cuando la normativa lo prohíbe. En el otro, la sanción fue para un bar que funcionaba como boliche bailable cuando no está habilitado a ese fin. Además, se labraron actas por diferentes infracciones en otros locales nocturnos.
Las medidas fueron tomadas en el marco de actuaciones realizadas por la Dirección de Control de Actividades y Vía Pública, área que fue intervenida hace algunos días regularizar y optimizar su funcionamiento.
El primer caso mencionado fue consecuencia de un procedimiento realizado en la madrugada del domingo 8, en un local situado en la Ruta Nacional 168. En esa oportunidad se constató la presencia de un menor, identificado por personal policial cuyos datos obran en el acta de constatación de infracción. Por tal razón, tras el avance de las actuaciones, se dispuso este sábado 14 al mediodía la clausura por dos días del local.
Por otra parte, también durante este mes, la Justicia de Faltas local ordenó la clausura de un bar ubicado en San Martín 3400. Este local está habilitado como bar/cafetería/confitería. Pero se constató que funcionaba como local bailable, sin contar con el permiso pertinente. Vale señalar que no es la primera vez que se observa esta infracción en este local: en 2016 ya se produjo una medida similar por igual situación. Por lo tanto, el local no solo que incumplía con las normas por funcionar como un negocio para el cual no está habilitado, sino que además no está condiciones para cumplir la Ordenanza N° 9139 que determina los requisitos que deben cumplir los comercios dedicados a la actividad bailable. Vale señalar que en este caso la clausura dispuesta ya se cumplió y se levantó.
Razones de las medidas
La subsecretaria de Control, Mariela Uberti, brindó detalles respecto de las clausuras. “El Tribunal de Faltas dispuso desde este sábado 14 al mediodía y por 48 horas la clausura de un local bailable ubicado en Ruta Nacional 168, en colectora Ciudades Hermanas, por haber detectado durante el fin de semana pasado, mediante una Acta de constatación de infracción, la presencia de un menor de 16 años”, indicó. “El incumplimiento de esta norma está regulado en la Ordenanza N° 9139 que, entre sus aspectos más sustanciales - cuando se produjo la relocalización de las confiterías bailables producto de la Emergencia Nocturnas- cuatro pilares básicos”, recordó.
Al respecto, la funcionaria señaló: “Uno de esos pilares era regular los horarios de ingreso al lugar, otro el horario de salida del público de estos lugares, el horario de cierre de las barras para el expendio de alcohol. Otro era el control del ingreso de menores y el restante es el control de la capacidad asignada al lugar”, medidas todas estas que se dispusieron oportunamente para garantizar la seguridad de los asistentes. Entonces, la Secretaría de Control, en el marco de su competencia administrativa, efectúa controles de todas las actividades de la nocturnidad detectándose la situación señalada ese fin de semana en el boliche de ruta 168. Nosotros consideramos grave la falta en función de los antecedentes de la nocturnidad”.
Al argumentar sobre la segunda clausura señalada, la funcionaria municipal informó: “Detectamos en un lugar que no puede tener actividad bailable permitida, porque es un bar, una situación de baile. Por eso se dispuso una clausura. Fue el viernes 6. Es un bar situado en San Martín al 3400, y también fue clausurado por el Tribunal de Faltas. Este lugar ya tenía una clausura anterior”, recordó la funcionaria.
Al poner en contexto esta segunda situación, Uberti explicó: “Se han dispuesto una serie de medidas para extremar el control en todos aquellos locales en los que se puede y no se puede bailar. Por ejemplo, se notificó a todos los comedores con espectáculos bailables que deben cumplir las disposiciones de la Ordenanza, como por ejemplo tener una ocupación del 70% de mesas y sillas, y un 30% destinado al baile, porque la actividad gastronómica es siempre la principal en esos comercios. En función de eso, cuando se detecta una infracción, como ya hubo una notificación previa, se está ante un manifiesto incumplimiento de la norma”.