Concejo: aprobaron una regulación para el acceso seguro al cannabis terapéutico
Se impulsará en la capital la investigación científica de cannabinoides medicinales para garantizar el cuidado de la salud de pacientes que transitan enfermedades crónicas o severas. Además, se creó un registro voluntario de usuarios y cultivadores terapéuticos, en orden a la legislación nacional.
Concejo: aprobaron una regulación para el acceso seguro al cannabis terapéutico
Jueves 20.8.2020
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Última actualización 23:14
En una norma calificada en el recinto como "de vanguardia" y "señera" a nivel nacional, el Concejo santafesino sancionó por unanimidad una ordenanza que establece un marco regulatorio -dentro de la ciudad- para el "acceso informado y seguro" del cannabis medicinal y sus derivados como recurso terapéutico, e impulsando la investigación científica con el objeto de promover "el cuidado integral de la salud". Además, la norma creó el Registro Voluntario de Usuarios y Cultivadores Terapéuticos de cannabis, el cual deberá coordinarse con el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (RECANN), establecido por la Ley Nacional Nº 27.350.
Cabe recordar que hay un amplio consenso médico-científico respecto de que el cannabis medicinal es altamente efectivo para tratar patologías y morigerar el dolor de miles de personas enfermas de -por ejemplo- cáncer, VIH-Sida, enfermedades neurodegenerativas como la esclerosis múltiple o la fibromialgia, parálisis cerebral, epilepsia, entre muchas otras.
La ordenanza abre la posibilidad de que, siempre en orden a lo que disponga la autoridad nacional competente, sea posible cultivar cannabinoides medicinales -bajo registración y dentro de los límites que estableza la autoridad de aplicación, que deberá ser definida por el Ejecutivo local- para paliar las dolencias de pacientes que cursan enfermedades graves o crónicas.
El Ejecutivo local fijará las condiciones para la inscripción al registro de cultivadores terapéuticos, "de conformidad a lo establecido en la legislación nacional vigente", deja en claro la norma. También deberá coordinar con la autoridad de Nación competente la inscripción de los usuarios de cannabis para uso medicinal o terapéutico, plantación, cultivo y producción, "con el objetivo de obtener información sobre su uso en la ciudad, así como la recopilación, procesamiento, análisis y difusión de datos para apoyar el oportuno diseño de políticas públicas vinculadas a la temática", reza el texto.
Consejo asesor
Otro de los puntos clave de la ordenanza es la creación de un Consejo Asesor de Políticas Relacionadas al Cannabis para la ciudad, que estará integrado por representantes del Gobierno local y del propio Concejo; de los Ministerios de Salud y de Producción y Ciencia; de las universidades locales, de los Colegios de Farmacéuticos y de Médicos y de cada organización de usuarios de cannabis terapéutico con personería jurídica y sede en esta capital. En la elaboración de la ordenanza tuvieron participación -cabe recordar- ApUCaM, Cannabicultura Santa Fe, el Conicet Santa Fe, MACAME, Otras Miradas, Despenalización Ya, y Centro de Estudios de Cultura Cannábica.
Las funciones de este consejo serán asesorar en la elaboración de normas y disposiciones atinentes a la materia; colaborar, en formas previas a su aprobación, en la elaboración de los planes y programas; colaborar en la creación de protocolos y pautas de actuación; realizar estudios de factibilidad técnica para el futuro desarrollo de un Banco Municipal de Cannabis; brindar el certificado de registración a los inscriptos en el Registro de Usuarios o Cultivadores Terapéuticos del Cannabis, entre otras.
También la norma crea las denominadas "Consultorías Cannábicas", con el objeto de brindar asesoramiento y acompañamiento a las personas que lo requieran. Las mismas "serán realizadas en el marco del Consejo Asesor, en coordinación con todas aquellas asociaciones civiles sin fines de lucro relacionadas a la temática", dice en uno de sus articulados.
"Es un logro histórico en materia de salud para las agrupaciones cannábicas de la ciudad", declaró Jerez en el recinto, quien "militó" la ordenanza durante meses, tras varios foros sobre el tema realizados entre expertos, ONGs que trabajan sobre el uso medicinal del cannabis y los propios ediles. "Nos encontramos con el arrojo a la intemperie de madres desesperadas que cultivan y producen aceite (de cannabis) para paliar los dolores de sus hijos enfermos, y muchos otros pacientes que deben obtenerlo en el mercado clandestino", declaró.
Esta norma en "un espejo" al reclamo que esas personas le vienen haciendo al Estado en sus tres niveles: "El Estado municipal es ahora quien puede atender y abordar esta problemática -agregó el edil-. Creo que todos hemos entendido que éste es un problema serio de salud, y que debemos tener empatía ante el dolor de muchos pacientes y familiares".
Hoy el cultivo de cannabis o marihuana (que la legislación nacional considera como estupefaciente) está penado (Ley N° 27.737 más modificatorias, y Código Penal). Tampoco lo permite taxativamente la Ley Nº 27.350: esta norma nacional impulsa la investigación médica y científica del "uso medicinal, terapéutico y paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud".
Entonces, hay un "limbo" -producto acaso de una colisión normativa en la legislación nacional vigente- respecto del cannabis con fines estrictamente terapéuticos, que es lo que reclaman las agrupaciones cannábicas con fuerza y desde hace años. Carlos Suárez (UCR), tras ponderar el trabajo de su colega Jerez, dio una explicación jurídica sobre el tema, los alcances y límites.
"Desde la Convención de Estados Unidos en 1961, se estableció la 'guerra contras las drogas', que ciñó una mirada estatal represiva. Esa convención 'derramó' su espíritu en el plexo normativo de Latinoamérica. Y las normas sancionadas y aún vigentes en nuestro país son consecuencia de esa visión imperante en aquella época", dijo el concejal.
Las disquisiciones jurídicas hoy siguen generando tensiones. "Ninguna norma prohibitiva del país deja a salvo la posibilidad de estudios terapéuticos en el abordaje del cannabis medicinal. La Ley N° Ley 27.350 le establece una dura obligación al Estado, con relación a que éste provea el aceite de cannabis. Y el Estado a la fecha no avanzó en aquello que esa ley le establecía como una obligación", subrayó.
Aludió Suárez a un fallo judicial de 2018 (se trató de una madre que pidió permiso, finalmente concedido por la Justicia, para cultivar cannabis medicinal para su hijo que padecía una enfermedad severa). "Ese fallo dice claramente: 'Es el Estado el que está en falta'. Si éste no provee, ¿en qué situación dejamos a aquéllos que necesitan utilizar este tipo de aceites con propiedades terapéuticas para paliar enfermedades?", interrogó Suárez.
Si no se protege constitucionalmente a la salud (pública e individual), se queda sin sustrato la Constitución Nacional. "¿Qué se protege cuando se habla de la salud? Uno de los derechos esenciales de toda la ciudadanía; y frente a esto, tenemos la posibilidad de dar un marco normativo en la ciudad sobre el cannabis terapéutico", cerró.