Sólo basta con recorrer las calles de la ciudad de Santa Fe para advertir que hay un boom de monopatines eléctricos. En términos de movilidad, estos dispositivos de transporte personal ayudan a desalentar el uso de automóviles, sobre todo en recorridos no tan largos y, también, a descomprimir un parque automotor casi saturado. Esto se suma, además, al crecimiento de la utilización de bicicletas.
No hay datos oficiales sobre este crecimiento exponencial a nivel país, pero sí regulaciones desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial. De acuerdo a un estudio de la consultora Markets and Markets realizado en 2019, se estimó que ese año el mercado global de monopatines eléctricos iba a ser de 684 mil unidades (vendidas), y que para 2027 se llegará a los 7,9 millones en todo el mundo. La tasa de crecimiento anual es del 35%.
Según el Instituto para el Transporte y Políticas de Desarrollo (ITDP, 2019) en los últimos años se viene registrando en Estados Unidos un “crecimiento constante” de viajes realizados en bicicletas compartidas, “seguidos de una explosión de viajes (84 millones) realizados con e-bikes y monopatines eléctricos”, en 2018. “Casi el 46% de esos viajes se realizaron en monopatines eléctricos, y el 8% correspondió a bicicletas eléctricas compartidas”, dice el estudio.
Datos locales
Y ni esta capital ni la ciudad de Rosario son la excepción al contexto mundial. De acuerdo a las estimaciones del Gobierno local, sobre la base de un estudio sobre micromovilidad realizado por el CETRAM (Centro de Estudios de Transporte, Accidentología y Movilidad) de la UTN Santa Fe, “hay un monopatín eléctrico por cada 1.000 viviendas en la ciudad. Según el conteo vehicular, uno de cada 1.000 vehículos que transitan el microcentro es monopatín. Y cada 40 bicicletas hay un monopatín”, le dice a El Litoral Andrea Zorzon, directora de Movilidad municipal.
Ese estudio de especialistas de la UTN al que accedió El Litoral se realizó en diciembre de 2022, y evaluó prioritariamente la movilidad en el sector del macrocentro capitalino denominado “Ciudad 30”. Se analizaron cantidades de vehículos, velocidades y tiempos promedio en los principales corredores del área, entre muchas otras aristas muy interesantes que muestran cómo y con qué se mueven los santafesinos.
Y respecto de los monopatines eléctricos, el informe observó que, en los corredores norte-sur, el 79,04% del tránsito en “Ciudad 30” corresponde a vehículos livianos (autos, camionetas, vans); el 11,41% a motocicletas; 5,76% a bicicletas; 3,12% a colectivos y el resto, por debajo del 1%, a vehículos pesados y monopatines. Estos dispositivos aparecen particularmente en calles y avenidas como Rivadavia, San Jerónimo, 9 de Julio, 1° de Mayo, 4 de Enero y Urquiza.
Asimismo, en los corredores este-oeste, los usuarios prefieren las Av. Gral. López, Salta, Tucumán y Suipacha, siempre dentro del área “Ciudad 30”. El estudio concluye: “El movimiento vehicular en los corredores bajo análisis está gobernado mayoritariamente por los vehículos livianos (autos, utilitarios), con valores cercanos al 80% del total, secundados por los motovehículos (un 11%) y las bicicletas con volúmenes del orden del 6 %”.
“De estudios anteriores, se observa que la micromovilidad eléctrica (monopatines) se encuentra en crecimiento sostenido, aunque por el momento tiene un impacto poco significativo”, en el total del volumen vehicular, cita el informe del CETRAM.
Problemas
El uso de los monopatines eléctricos en esta capital está regulado por la Ordenanza N° 12.755, sancionada por el Concejo Municipal el 23 de diciembre de 2020, la cual modificó la Ordenanza Nº 10.017, que es el Reglamento General del Tránsito de la ciudad de Santa Fe. La autoridad de aplicación es la secretaría de Control municipal.
¿Qué establece esta ordenanza, en líneas generales?Que las personas usuarias de monopatines eléctricos deberán utilizar, al conducirlos, un casco protector normalizado, y no podrán en ningún caso circular a una velocidad superior a 25 km/h. Estos medios de transporte personal “no podrán ser conducidos por menores de 16 años de edad, “quedando retenido el vehículo en caso de infracción”, dice la norma.
Así sí, pero... Otro usuario circula en su monopatín con el correspondiente casco de protección, pero sin el correcto ajuste al cuello. Situaciones cómo ésta se ven seguido. Pablo Aguirre
“Todos los vehículos de movilidad personal de seguridad para su circulación deberán contar con un sistema de frenos que actúe sobre sus ruedas, permitiendo una detención total del mismo y su carga de forma eficaz; base de apoyo para los pies; timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano; elementos reflectantes para el usuario o adherido al vehículo que posibiliten una adecuada visibilidad de éste”, dice la ordenanza local, que está vigente.
¿Por dónde pueden circular los usuarios de monopatines? En la vía pública, y se prohíbe en toda área de tránsito peatonal. También está prohibida la circulación de más de una persona por cada vehículo de movilidad personal. Finalmente, la norma creó un Registro de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal, en el que deberán inscribirse los usuarios de estos vehículos, de forma gratuita, registrando sus datos personales y los del vehículo personal de su propiedad.
Observancia dispar
La pregunta cae de madura: las personas usuarias, ¿cumplen en general con estos requisitos? El Estado local, ¿los controla? El Litoral hizo un breve relevamiento sobre el macrocentro, y ese apego a la norma es dispar. La mayoría de los usuarios no usa casco protector, las velocidades son altas y se ven muchos monopatines circulando en sendas peatonales, como por ejemplo en la de Bv. Gálvez y Pellegrini. Esto no está permitido.
Se hacen controles municipales sobre quienes circulan en monopatines, aseguran desde el municipio. Archivo El Litoral
Entonces, ¿se hacen controles desde el municipio para garantizar la observancia a la normativa? “Diariamente se efectúa controles de tránsito respecto a todos los vehículos que circulan en la ciudad, instruyendo a los usuarios a realizar un uso debido conforme a la normativa vigente”, aseguró Zorzon. Y respecto de quienes andan en monopatines, “se les insta a los usuarios a que eviten la circulación en áreas peatonales, y se les advierte sobre el uso de los elementos de seguridad regulados”, comentó a este diario la funcionaria.
Se da otra dificultad al momento de labrar una multa por una infracción en el tránsito. “Ocurre que los monopatines son bienes no registrables, por lo que para acreditar la vinculación con los usuarios se deben utilizar otros instrumentos, que se encuentran en evaluación, como podría ser (la presentación de) la factura de compra. Al momento de una eventual retención de un vehículo no registrable, se debe acreditar el dominio. Y aquí aparece el problema”, sostuvo la directora.