Ahora los locales comerciales de Santa Fe podrán funcionar con una habilitación provisoria
El Ejecutivo Municipal podrá emitir una constancia "en trámite" para desarrollar la actividad por un plazo de hasta 60 días. Se calificará a los comercios de actividades riesgosas y no riesgosas, hay nuevas reglas para el uso del espacio público.
Apuntan a que las nuevas reglas agilicen el trámite de habilitación y afiancen el desarrollo comercial en la ciudad. Foto: Mauricio Garín
A partir de este 12 de julio se pondrá en vigencia un nuevo marco normativo para la habilitación de locales comerciales en la ciudad de Santa Fe. La norma (Ordenanza n° 12864) fue aprobada a finales del año pasado por el Concejo Municipal y tiene como principales metas: agilizar el trámite de habilitación; afianzar el desarrollo comercial en la ciudad; abordar situaciones actuales que no se encuentran contempladas; y generar mejor calidad de información de la actividad.
Matías Schmüth, secretario de Producción y Desarrollo Económico Municipal, detalló algunos pormenores que se pondrán en práctica a partir de este miércoles. Según las estadísticas municipales, en el período del 2018 al 2021 (con un promedio de 1.682 habilitaciones procesadas por año) el 46,7% eran rechazadas. "La ordenanza que se modificó tenía 10 años y pudimos detectar que los trámites se terminaban trabando y complicando, la mitad de los trámites que ingresan al municipio terminan siendo rechazados por cuestiones formales y no por la actividad propiamente dicha", señaló Schmüth.
A contrapunto de lo que establecía la ordenanza anterior que fue derogada, ahora se brinda la posibilidad de que el municipio pueda concederle al emprendedor de un local comercial una constancia de habilitación en trámite, para que pueda trabajar dentro de un período perentorio. En ese plazo, se le solicitará al titular que culmine el trámite de habilitación definitivo.
"La ordenanza que se modificó tenía 10 años y pudimos detectar que los trámites se terminaban trabando y complicando, la mitad de los trámites que ingresan al municipio terminan siendo rechazados", comentó Schmüth. Foto: Guillermo Di Salvatore
Esta habilitación temporaria permitirá al comerciante abrir sus puertas y trabajar. Pero en un plazo perentorio debe gestionar la habilitación definitiva. Y durante ese período en que se esté con la habilitación en trámite, deberá abonar una sobretasa del Derecho de Registro e Inspección (Drei), tanto en actividades no riesgosas (un local de ropa, por caso) como riesgosas (una empresa dedicada a la recolección de sustancias tóxicas).
"Antes la lógica de la ordenanza era que cualquier negocio antes de abrir debía estar habilitado y ahora lo que se considera es inverso y se dará una habilitación que va a ser en trámite y provisoria en caso de que la verificación indique que se pueda desarrollar de manera segura y solo falte alguna cuestión formal para el trámite (permanente)", explicó el secretario de Producción y Desarrollo Económico Municipal.
Distintas categorías
Lo que busca esta nueva ordenanza es poner el eje en el tipo de actividad, con distintas categorías: menor, media y grande. La ordenanza clasificó a los locales como de escala menor (son las habilitaciones que se realicen en inmuebles comerciales de hasta 200 m2, como un kiosco o una despensa); escala media (en locales de entre 200 m2 y 1500 m2, como un local gastronómico o centro de acopio de materiales de construcción), y escala mayor (locales de más de 1.500 m2, como los supermercados).
Sobre el riesgo que implica la actividad se dividen en "riesgosa" y "no riesgosa". "Se busca poner el eje en la seguridad, que las actividades que se desarrollan en las distintas zonas sean las adecuadas y que sean seguras tanto para quienes las desarrollan y para quien va a estos espacios", indicó el secretario de Producción.
En locales de escala menor y de actividad no riesgosa (por ejemplo un pequeño quiosco), el Ejecutivo Municipal podrá otorgar la habilitación permanente sin verificación previa de las condiciones edilicias. Pero "dentro de los 30 días hábiles de otorgada la habilitación permanente se realizarán las verificaciones técnicas correspondientes a fin de corroborar que el local reúna todas las condiciones declaradas como aptas por quien realizó la habilitación", expresa la ordenanza.
En los casos de locales de escala media (no riesgosas), luego de presentar la documentación que acredite el cumplimiento de todos los requisitos exigidos, se realizará la verificación técnica dentro de los 15 días hábiles siguientes. Aprobada esa verificación, se otorgará la habilitación permanente.
En los casos de que alguien inicie el trámite de habilitación de su local pero no alcance a cumplimentar todos los trámites, "los locales donde se realicen actividades no riesgosas podrán comenzar a funcionar (...) bajo la figura de habilitación en trámite", sostiene la nueva norma.
El certificado provisorio autorizará al solicitante a desarrollar su actividad por un plazo de hasta 12 meses (tiempo en el cual podrá ese local abrir sus puertas). Y a cambio, el titular de esa habilitación simplificada deberá abonar una sobretasa de Drei del 50% durante la vigencia del certificado temporario.
Respecto de locales de escala menor y de actividades riesgosas, una vez presentada la documentación se realizará la verificación técnica correspondiente dentro de los siguientes 10 días hábiles. Si está todo en regla y aprobada la verificación, se otorgará la habilitación permanente. No obstante, dependiendo del caso, los locales que no cumplan con todos los requisitos también podrán comenzar a funcionar bajo habilitación provisoria.
Para los locales de escala media donde se realicen actividades riesgosas, éstas no podrán comenzar a funcionar hasta tanto no se realicen las verificaciones técnicas correspondientes. El Ejecutivo podrá otorgar un certificado de habilitación provisorio a los fines de permitir el desarrollo de la actividad, "siempre que las verificaciones determinen que esa actividad puede desarrollarse en condiciones de seguridad", agrega la ordenanza aprobada.
La certificación temporaria también podrá ser otorgada por el municipio en estos casos, y el plazo temporario será de hasta 12 meses. Durante ese tiempo el titular de esta habilitación provisoria deberá pagar un 75% más de Drei, hasta tanto concluya todo el trámite habilitatorio.
Y para locales de actividades riesgosas de escala mayor no podrán comenzar a funcionar hasta tanto no se realicen las verificaciones técnicas, pero también se podrá solicitar un certificado de habilitación provisoria, siempre que las verificaciones determinen que la actividad se realiza "en condiciones de seguridad ambiental, de salubridad e higiene". El certificado provisorio autorizará a desarrollar la actividad por hasta 18 meses.
La sobretasa del Drei para este grupo de emprendimientos será del 100% durante la vigencia esa temporalidad. Todos estos sobreimpuestos se imponen para evitar que las habilitaciones temporarias terminen siendo "eternas", y se cumplimenten todos los trámites habilitatorios finales.
Funcionarios municipales comentaron los detalles de la nueva ordenanza que se pone en vigencia este 12 de julio. Foto: Guillermo Di Salvatore
Reglas para el uso del espacio público
Una de las inquietudes que se generan entorno a los locales comerciales es el correcto uso del espacio público. Desde ahora, los comerciantes podrán solicitar permiso de exhibición de mercaderías en veredas con un ancho superior a los 2,50 metros, y ésta no se podría ocupar más del 30% de su ancho. También se fijan límites para la ocupación de aceras con mesas y sillas.
También la norma se expresa sobre la instalación de toldos móviles o desarmables. En este sentido, "los titulares de habilitaciones gastronómicas vigentes con autorización para la colocación de mesas y sillas en el espacio público o autorización de balcón gastronómico, podrán solicitar el permiso para la instalación de toldos móviles o desarmables. Dicho toldo móvil deberá estar instalado dentro del área asignada para las mismas", se explica en la ordenanza.
Transferencia de fondo de comercio
El concejal Lucas Simoniello se refirió al apartado de la ordenanza que explica nuevas reglas para la "transferencia de fondo de comercio, cambio de razón social o denominación". "Veníamos con un problema muy grande. Los comercios son muy dinámicos y ante cada transferencia de fondo de comercio, el municipio tenía que volver a habilitar el mismo local que solo cambiaba de nombre, era totalmente ilógico a la hora de acompañar la producción", comentó Simoniello.
La nueva ordenanza explica sobre este punto que "se podrá mantener la habilitación municipal concedida, a pedido del interesado y mediante presentación de la documentación respaldatoria".
La ordenanza completa
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