Con la sanción de una ordenanza, el Concejo creó el Registro Municipal de Maleteros de la ciudad para el ámbito de la Terminal de Ómnibus General Manuel Belgrano, bajo la órbita del Ente Autárquico Municipal del Mercado Norte o quien en el futuro lo reemplace.
La norma sancionada por unanimidad entiende por maleteros y maleteras a las personas físicas que llevan a cabo la actividad de recepción, carga y descarga, traslado y movimiento de equipajes desde los andenes, plataformas o paradas de transporte de pasajeros.
Para la inscripción al registro creado, maleteros y maleteras deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular (ReNaTep); ser mayores de 18 años y cumplir con todos aquellos requisitos que establezca el Ente Autárquico Municipal del Mercado Norte, "o quien en el futuro lo reemplace en coordinación con la cooperativa de trabajo Maleteros Santa Fe".
Asimismo, el Registro deberá contemplar la información personal de cada maletero que permita su identificación fehaciente más toda otra información que determine el Ente. Cumplidos los requisitos de inscripción, se entregará a cada uno de los aspirantes una credencial para ejercer la actividad de maletero, que contendrá foto, nombre y apellido, número de DNI y número de registro. El Registro permitirá el ejercicio de la actividad y deberá renovarse anualmente.
La credencial proporcionada "será indelegable, intransferible y estrictamente personal". No cumplir con esta exigencia llevará a la suspensión o revocación del permiso, de acuerdo a un procedimiento que se establecerá entre la autoridad de aplicación y la cooperativa de trabajo de los maleteros locales.
Las actividades de los maleteros serán carga y descarga de equipaje en los movimientos de ascenso y descenso de pasajeros de ómnibus de media y larga distancia; traslado y acarreo de equipajes desde el ómnibus hasta taxis, remises o vehículos particulares y viceversa; colocación en la carga, control, supervisión y extracción en la descarga, de fajas de seguridad para los equipajes, como así también la conducción a los depósitos de las empresas "bajo la responsabilidad de estas últimas" del equipaje no retirado, según la regulación vigente de la CNRT.
Las personas inscriptas en el registro "no mantendrán de manera personal relación laboral ni contractual alguna con el Ente, ni con la Municipalidad ni con las empresas respecto del servicio de maletería prestado a través de la cooperativa de trabajo Maleteros Santa Fe como persona jurídica", explicita la norma.