La ley de cupo laboral trans se aprobó con modificaciones en Diputados. El proyecto fue presentado por el legislador Carlos Del Frade, y se unió a otras dos propuestas similares, presentadas por Leandro Busatto y Silvia Augsburger.
La ley de cupo laboral trans se aprobó con modificaciones en Diputados. El proyecto fue presentado por el legislador Carlos Del Frade, y se unió a otras dos propuestas similares, presentadas por Leandro Busatto y Silvia Augsburger.
Quiénes son los beneficiarios
Personas mayores de 18 años, residentes de la Provincia, que tengan el cambio registral de sexo, nombre e imagen, conforme a lo establecido por la Ley Nacional de Identidad de Género N° 26.743.
Cupo
El Estado Provincial (los tres poderes), sus órganos descentralizados y autárquicos, las empresas del Estado y con capital mayoritariamente estatal, estarán obligados a ocupar en su personal de planta permanente, transitoria y/o contratada, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de personas que hayan procedido a la rectificación registral de sexo, nombre e imagen, en el territorio provincial (estimada entre 900 y 1100 personas).
Excepción de requisitos
Para facilitar la incorporación laboral, es obligatorio exceptuar de la documentación requerida en los procesos de selección de personal, el Certificado de Buena Conducta.
Exenciones impositivas a empleadores
Los privados que contraten en relación de dependencia a personas travestis, transexuales y transgénero (y que estén comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino) tendrán derecho al cómputo de una deducción especial en la base imponible del impuesto a los ingresos brutos, mientras se mantenga a esas personas empleadas.