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En la gestión Poletti

Santa Fe: ya hay una decena de reclamos administrativos ante el Estado municipal

Van unos 80 días desde que asumió el intendente: el número de peticiones en este lapso es similar a todas las presentadas durante el 2023.

Santa Fe: ya hay una decena de reclamos administrativos ante el Estado municipalSanta Fe: ya hay una decena de reclamos administrativos ante el Estado municipal

Miércoles 28.2.2024
 9:00
 / 
Actualizado al Domingo 10.3.2024 21:33hs
Luciano Andreychuk
Luciano Andreychuk

Es un número cuanto menos llamativo: en poco más de 80 días contados desde que asumió el intendente Juan Pablo Poletti en el Palacio Municipal -el 9 de diciembre de 2023-, hasta este 28 de febrero, ya fueron presentados 11 reclamos administrativos ante la Municipalidad capitalina. En todo el año 2023 se elevaron 12 reclamos de este tipo, según la información legislativa a la que accedió El Litoral.

¿Qué es un reclamo administrativo? “Es una petición que se le presenta, en este caso al Estado municipal, para que resuelva a través de un acto administrativo una cuestión particular, o bien para que revoque algún acto que ya dictó. Un reclamo implica hacerle una petición al Estado local en sede administrativa -a diferencia de sede judicial-, para que reconozca un derecho o una situación jurídica”, le explicó a El Litoral el abogado constitucionalista, Mariano Bär.

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Algunos ejemplos. Un ciudadano rompe su automóvil por culpa de un bache; en este caso, puede sentirse damnificado, ya que el Estado local tiene entre sus responsabilidades mantener en buen estado el sistema de la red vial (para eso cobra una tasa, el comúnmente llamado “impuesto al bache”), y así puede ese vecino interponer un reclamo administrativo ante el municipio.

Otro: si tras un temporal, se cae un árbol contra un vehículo y lo destruye, el titular del mismo puede sentirse damnificado y, como en el caso anterior, interponer un recurso administrativo al Estado local.

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Lo mismo si alguien que conduce en bicicleta se cae y se lesiona como consecuencia de una rotura en una vereda, la cual -siguiendo el caso hipotético- es parte de un arreglo que realizan las cuadrillas municipales. Estos ejemplos sólo se mencionan para graficar la figura del reclamo administrativo. Y cabe aclarar que no cualquier reclamo de este tipo es procedente.

Robo de moto

En todos los reclamos administrativos que se presentan, siempre interviene Fiscalía Municipal. El fiscal municipal es el Dr. Miguel Molinari. En el primer reclamo donde hubo pronunciamiento durante la actual gestión municipal (resolución Nº 050 de 2023, fechado el 5 de febrero), un particular interpuso este recurso (bajo patrocinio legal) por el supuesto robo de su motovehículo.

El nuevo Fiscal Municipal, Dr. Miguel Molinari, interviene en todos los reclamos administrativos. En la foto, junto al intendente Poletti. Crédito: Flavio Raina

El reclamante manifestó que su moto le fue sustraída junto a su casco el día 25 de mayo de 2023 de una cochera que tiene concesión con la Municipalidad. “Acompaña copia simple de la denuncia policial y reclama (al municipio) la suma de 940.000 pesos por el valor del bien, gastos y honorarios profesionales”, dice el acto administrativo.

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Fiscalía Municipal emitió un dictamen en el que señaló, ante este caso, que el reclamante omite “acreditar los supuestos de hecho y sus eventuales circunstancias, limitándose a acompañar un única prueba documental en copia simple, la cual carece de fuerza convictiva y eficacia probatoria”.

Pero además, la cláusula séptima del contrato de concesión vigente con la cochera dispone que el municipio “queda exento de las obligaciones y responsabilidades que pudieran emerger como consecuencia de la actividad realizada por el concesionario y, en particular, de los daños que se produzcan a bienes o personas dentro del espacio concesionado”, agrega la resolución, y rechaza hacer lugar al reclamo administrativo.

Agentes municipales

Según la resolución Nº 002, fechada el 5 de enero, una particular interpuso reclamo administrativo tendiente a obtener el pago de una indemnización en la Ley N° 9.286 (Estatuto y Escalafón del personal de Municipalidades y Comunas de la provincia), por el fallecimiento en 2009 de quien fuera su cónyuge.

Aquí, el argumento de la Fiscalía Municipal fue que las actuaciones se encuentran paralizadas durante un término holgadamente superior al plazo de prescripción bienal aplicable a las relaciones de empleo público conforme la jurisprudencia vigente. Por este motivo, “al cotejar los períodos de paralización absoluta surge que se ha producido la prescripción de una eventual acción, por lo que el reclamo interpuesto no puede prosperar”, expresa Fiscalía.

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Hay varios casos de agentes municipales que interpusieron reclamos de este tipo buscando que se les reconozcan, liquiden y abonen desde el Estado municipal las diferencias dinerarias correspondientes a prestaciones por incapacidad laboral temporaria como consecuencia de siniestros laborales sufridos años atrás.

Como se ve, hay algunos reclamos que tienen ya un tiempo prolongado en sede administrativa.

Un caso curioso

Otro particular interpuso (según resolución N° 058 fechada el 5 de febrero) un reclamo administrativo solicitando al municipio el pago de una indemnización “por supuestos perjuicios y gastos de traslados en taxis y remises”. El reclamante manifestó “no poder acceder a su licencia de conducir pese a carecer de multas o antecedentes que se lo impidan, alegando que el sistema se niega a otorgarle el libre de multa”.

Es decir, que al no poder utilizar su vehículo particular (porque supuestamente no puede realizar el trámite de la licencia para conducir), el reclamante le solicitó un resarcimiento económico a la Municipalidad por los gastos que debió realizar en el pago de viajes en taxi y remís para poder movilizarse.

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Con todo, la Fiscalía Municipal emitió el dictamen correspondiente en el que señaló que los informes recabados “contradicen el argumento del reclamante en cuanto a la ausencia de infracciones que justifiquen la no expedición del libre de multa para la tramitación de la licencia de conducir. El reclamo resulta inadmisible por no cumplimentar las exigencias objetivas” de la legislación provincial actual.

Bicis públicas

Como contó El Litoral días atrás, de acuerdo al decreto municipal Nº 062 del 6 de febrero pasado, la firma SMOD.io S.A.S., concesionaria del Sistema de Bicicletas Pública (SBP), presentó un reclamo administrativo al municipio capitalino, solicitando “el reconocimiento y pago del servicio de soporte mensual para la operación y correcto funcionamiento del sistema de bicis públicas”.

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Los pagos que se adeudaban correspondían a los meses de septiembre, octubre y noviembre (durante la administración del ex intendente Emilio Jatón), diciembre de 2023, y enero de 2024 (gestión Juan Pablo Poletti). En este caso, el Estado municipal hizo lugar a la reclamante, a través de la figura de “reconocimiento extraordinario y con carácter de legítimo abono”.

Así, se le abonó a SMOD.io por el servicio de soporte mensual para la operación y correcto funcionamiento de SBP, por el período septiembre de 2023-enero de 2024, por la suma total de 13.790.370 pesos, IVA incluido. La fuente de financiamiento fue el Tesoro Municipal.

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