Este miércoles 28 de febrero se realizó en los Tribunales de Rafaela una audiencia pública en la cual el juez Matías Colón, a cargo del Juzgado Civil y Comercial de la Primera Nominación, recabó información técnica para determinar la implementación o no en el periurbano rafaelino de un anillo de 150 metros en el que sólo se utilicen productos fitosanitarios de origen biológico, tal como lo estableció la ordenanza 5.331 a fines de 2021.
Se llegó a esta instancia tras la presentación de una medida cautelar por parte de las organizaciones Acción de Defensa Animal y Protección Ambiental (ADAPA) y Amigos de la Vida, más un grupo de vecinos, para impedir la entrada en vigencia del artículo 4° de la norma por considerar que atenta contra derechos básicos como la salud y el ambiente, según interpretan en base a la Ley Provincial 10.000 de "protección de intereses difusos".
Tras años de debate en el Concejo rafaelino sobre la regulación de productos fitosanitarios en el distrito, en diciembre de 2021 se sancionó una nueva ordenanza que estableció una "zona de seguridad" de 50 metros, contados desde el límite urbano, en la que no pueden utilizarse ningún producto. También determinó la implantación de cortinas forestales y en el artículo 4° estableció la creación de un "cinturón ecológico determinado por la superficie adyacente al área de seguridad, con un ancho de 150 metros", en el que sólo podrían combatirse plagas o malezas con fitosanitarios de origen biológico.
Sin embargo, en ese momento el intendente Luis Castellano aplazó por 180 días, mediante lo que se conoció com un "veto propositivo", la implementación del "cinturón ecológico" y creó una comisión especial encargada de recabar información "completa, detallada y actualizada" de los productos de origen orgánico y/o biológico, las técnicas de uso y medidas de prevención de posibles daños entre las autoridades nacionales con competencia en la materia.
Mientras tanto, siguió rigiendo sobre los 200 metros desde el límite urbano la prohibición de utilizar productos fitosanitarios que estipulaba la normativa precedente. Y fue en agosto de 2022, cuando venció el "veto propositivo", que las organizaciones ambientalistas de Rafaela presentaron la medida cautelar.
Este miércoles, comparecieron ante el juez Colón las entidades demandantes, representantes de los productores agropecuarios y entidades técnicas como INTA, Colegio de Ingenieros Agrónomos y Senasa, además de varios concejales. El objetivo fue presentar al magistrado fundamentos científicos y/o técnicos que avalen cada postura.
Desde la Asociación Civil "Productores Unidos de Rafaela" (PUR), institución surgida a raíz de tensión entre ambientalistas y productores agropecuarios, indicaron que respondieron al magistrado sobre la capacitación con que cuentan para la utilización de insumos biológicos y como acompañarían su utilización; además de informarlo sobre la implementación de las barreras forestales.
Mirá tambiénQuedó a fallo la validez de la ordenanza que modificó el límite agronómico de RafaelaTambién consideraron que fue "muy clara la exposición de SENASA con ejemplificaciones y presentación de contenidos", respecto de los procesos de habilitación y técnicas de uso de los productos de origen biológico.
Uno de los voceros de PUR, Marcos Delfabro, valoró la posibilidad de presentar "qué beneficios tiene para nuestra área implementar productos biológicos que estén, como todos los fitosanitarios, convalidados por las únicas organizaciones que dan garantía", como INTA y Senasa. "Esperemos que la confirmación de este artículo 4° de la ordenanza 5.331 nos permita recuperar 200 metros, que antes dejamos a la buena de Dios por no permitirnos tener formas de control de malezas y plagas".
En base a las exposiciones de INTA y Senasa, sostuvo: "la ciencia y la técnica hoy dejó en claro de qué se trata al hablar de la verdad, que está de la mano de la prueba". Así, las creencias o inferencias, aún con buenas intenciones, "hoy pudieron ser enfrentadas con el rigor del conocimiento".
Delfabro manifestó el deseo de que "el juez pueda interpretar que todo lo acercado en materia probatoria es lo necesario para transmitir garantía y seguridad a todos: a la producción, para saber que hace bien las cosas; a los ciudadanos, para tener la garantía de que lo realizado por las producción está a tono con sus necesidades; y a la naturaleza, asegurando que el producto biológico es una forma que invita al cambio gradual de los productos de síntesis química por estas nuevas tecnologías que no es que ya se vienen sino que ya están".
Desde PUR indicaron que las resoluciones posteriores a este tipo de audiencia son rápidas. En teoría debería conocerse en cinco días, pero estimaron que podría tardar más ya que anticiparon que "va a tomar su tiempo".
Del ámbito científico y técnico, participaron de la audiencia el Ing. Agr. Leandro Roggero (SENASA Rafaela), el Ing. Agr. Jorge Villar (INTA Rafaela), el Ing. Agr. Luis Carrancio (INTA Oliveros), y vía Zoom del Supervisor Técnico del Área de Registros de Productos Fitosanitarios y Fertilizantes Biológicos de SENASA, Ing. Agr. Sebastián Gómez, máximo referente en la temática nodal observada.