La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento que deben seguir los empleadores para adherir al régimen de promoción de generación de empleo en el Norte Grande, a través de la Resolución General 4984/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Asimismo, readecuó sus sistemas informáticos a efectos de receptar las modificaciones normativas vinculadas con la determinación de las obligaciones con destino a la seguridad social.
De esta manera, se incorporan en el sistema Declaración en línea y en el programa aplicativo denominado Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - Sicoss, nuevos códigos de modalidad de contratación para identificar a los trabajadores alcanzados por la reducción de la alícuota de contribuciones patronales.
Además, la AFIP pondrá a disposición de los empleadores la versión 43 del mencionado programa aplicativo que estará disponible en la opción “Aplicativos” del sitio web institucional, y el referido sistema “Declaración en línea”, incorporando las novedades.
La RG también definió que, cuando se trate de nuevos empleadores que inicien actividades con posterioridad al período fiscal marzo 2021, se les computará el valor cero para el cálculo base de puestos de trabajo.
Asimismo, determinó que los empleadores que contraten nuevos trabajadores con discapacidad, mantendrán en forma conjunta el beneficio por ingreso de trabajadores con discapacidad y el de creación de un puesto nuevo establecido por el Decreto 191/21, durante el plazo que corresponda a cada beneficio.
El Decreto 191/2021, de marzo último, había puesto en marcha el nuevo régimen de promoción de generación de empleo en el Norte Grande, que entró en vigencia el 1 de abril.
La norma contempla la reducción de aportes patronales de hasta 80% durante un período de tres años por las nuevas relacionales laborales que se inicien durante los primeros 12 meses, es decir, hasta el 31 de marzo de 2022, con el objetivo de potenciar la creación de puestos de trabajo para la región.
Además, prevé la instrumentación de incentivos fiscales en las contribuciones patronales que pagan los empleadores radicados en las provincias del Norte Grande, integrado por Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán, a fin de corregir por este medio asimetrías regionales en favor de las zonas más postergadas del país.
La propuesta implica una rebaja gradual y temporaria de las contribuciones patronales por las nuevas relaciones laborales, durante un período de tres años, en sectores económicos determinados de esas provincias, orientados a la producción de bienes.
Entre las condiciones para acceder a ese beneficio se establece como requisito que los empleadores deberán producir incrementos en su nómina de personal.
En particular, incluye la reducción de 70% de las contribuciones patronales de nuevas contrataciones a trabajadores varones el primer año, 45% el segundo año y 20% de reducción el tercer año.
En el caso de nuevas contrataciones a trabajadoras mujeres, travestis, transexuales o transgénero, la reducción de las contribuciones patronales es de 80% el primer año, 55% el segundo año y 30% el tercer año.