El Gobierno pondrá en marcha un esquema de tipo de cambio diferencial para los turistas extranjeros que les permitirá contar con una cotización del dólar más cercano al del mercado blue, que es en el que realizan habitualmente la venta.
Los bancos o casas de cambio pedirán al visitante una declaración jurada. El límite de 5 mil dólares será en efectivo, por persona y mensual. Las entidades tendrán dos días desde que reciben las divisas para hacer la operación de dólar MEP
El Gobierno pondrá en marcha un esquema de tipo de cambio diferencial para los turistas extranjeros que les permitirá contar con una cotización del dólar más cercano al del mercado blue, que es en el que realizan habitualmente la venta.
Ese sistema podría implicar que la nueva cotización de referencia, el MEP o “Bolsa”, que es el que surje de la compraventa de bonos en pesos y dólares en el mercado financiero, tenga un valor más cercano al del dólar libre. Suelen ser dos mercados paralelos que se retroalimentan entre sí: la diferencia de precio entre ambos hace que quienes consiguen divisas con el valor más bajo busquen hacer “puré” con el más alto y ganar una diferencia.
Más allá de esa dinámica típica de un mercado con múltiples precios para un mismo bien por la existencia de restricciones y controles, lo cierto es que el Banco Central todavía no avanzó con los detalles técnicos que regirán el nuevo precio para el dólar turista, en este caso para turistas del exterior, aunque sí dio algunas precisiones en un comunicado reciente.
-Cómo funcionará: el esquema previsto, según se anunció oficialmente y dejaron saber fuentes oficiales, buscará en términos simples que las entidades bancarias y casas de cambio tengan una ventanilla para que los turistas del exterior puedan acudir con sus divisas en efectivo y cambiarlas a un tipo de cambio más conveniente que el dólar oficial, que hoy les paga 136 pesos por dólar.
-Qué le pedirán al turista: según informó el BCRA, las entidades deberán identificar al turista no residente mediante documento de identificación válido y ”verificar que no se encuentre comprendido en las listas elaboradas de conformidad con las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en materia de lucha contra el terrorismo y que no resida en países o territorios donde no se aplican, o no se aplican suficientemente, las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional”.
Esta salvaguarda tiene explicación en el hecho de que los bancos y demás entidades reguladas por el Banco Central siguen estrictas reglas de prevención de lavado de activos que les impide hacer una operación de esta naturaleza sin tener en consideración particularidades de cada cliente.
Por otra parte, especificó el BCRA, los bancos y casas de cambio deberán requerir una declaración jurada de la persona humana no residente en la que conste su condición de turista y que, en los últimos 30 días corridos y en el conjunto de las entidades, no ha realizado operaciones que superen el equivalente a 5.000 dólares.
-Cuánto se podrá vender: según se prevé, actuará un límite de USD 5.000 por persona por mes, lo que a precio del dólar Bolsa de hoy representaría unos 1,6 millones de pesos. El sistema funcionará únicamente en efectivo, ya que si el extranjero quiere comprar con su tarjeta de crédito, la operación se realizará al tipo de cambio oficial de 136 pesos. Este punto trae interrogantes en materia de seguridad: un turista que lleve a cambiar 500 dólares, la décima parte del cupo permitido, se retiraría de la entidad con 161.000 pesos en efectivo.
Por cada operación que la entidad realice por este mecanismo se deberá realizar un boleto a nombre del cliente dejando constancia del monto de moneda extranjera recibida y el monto en pesos entregado al cliente, mencionó el BCRA.
-Cómo se realizará la operación MEP: la cotización del dólar MEP o Bolsa servirá como referencia para llevar adelante el cambio entre la divisas y el peso, aunque no está contemplado en los anuncios realizados cómo se determinará en ese momento preciso el valor del MEP para esa operación.
En ese sentido lo único que explicó el BCRA es que “a los efectos de agilizar la atención al cliente la entidad interviniente podrá liquidar la operación en base a los precios de referencia disponibles en ese momento”.
Una vez que se lleve adelante la operación entre el turista y el banco o casa de cambio, esa entidad “deberá concretar las operaciones con títulos valores hasta 2 (dos) días hábiles de ser encomendada por el turista no residente”.
Esto implica que el banco terminará de completar la operación del MEP, que en este caso sería la compra de bonos en dólares para luego venderlos contra pesos, en un lapso de dos días hábiles, con los cambios de cotización de los bonos en cuestión que pueda haber en ese lapso.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.