La Empresa Provincial de la Energía informó que la Disposición n° 75/2018 de la ex Subsecretaría de Energía Eléctrica del Ministerio de Energía de la Nación, dispuso incrementos en el precio mayorista de la electricidad, que no habían sido trasladados a los usuarios de la EPE ni en mayo, ni en agosto del año 2019.
La modificación del precio de compra de energía mediante la aplicación de la Resolución EPE n° 16/21, significa ahora un incremento promedio del 4 %, a partir de los consumos de electricidad del 1 de febrero en la tarifa final.
En particular, para los usuarios residenciales la actualización será del 0,6%, los comerciales del 6,1% y las industrias, del 6,7%.
El cuadro tarifario de la EPE no se modificaba desde marzo de 2019 y significó un ahorro para los usuarios mayor a los $ 2.000 millones.
De 1.400.000 usuarios de la EPE, 252.690 acceden a tarifas subsidiadas, de los cuales 164.134 son beneficiarios de la tarifa social provincial, 85.497 corresponden a la tarifa provincial de jubilados, 684 son electrodependientes, 1.781 instituciones deportivas, 32 empresas recuperadas y 562 parques industriales.
Tenés que leerEl Gobierno inicia la discusión de una tarifa de transición para el servicio de electricidadLa factura de una distribuidora eléctrica está conformada por la compra de energía, el valor agregado de distribución (VAD) y los impuestos municipales, provinciales y nacionales que se aplican a la tarifa.
El cuadro tarifario para todos los tipos de usuarios, se encuentra disponible en la página web www.epe.santafe.gov.ar.
La Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe abastece a más de 1.400.000 usuarios, con una densidad de 11 suministros por kilómetro cuadrado. Opera 74 estaciones transformadoras, más de 54.000 kilómetros de líneas de alta, media y baja tensión, de las cuales 20.367 kilómetros son redes aéreas destinadas a abastecer el sector rural.
Vigencia de medidas comerciales
Por otra parte, la EPE recordó la vigencia de un conjunto de medidas comerciales que dispuso el Gobierno de la Provincia durante el 2020, para mitigar los efectos de la pandemia.
Las disposiciones aprobadas establecieron que, para las pequeñas demandas, la tasa de actualización para el período de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) se mantiene a valores históricos, para los usuarios comprendidos en el decreto provincial 283. Para aquellos que no están alcanzados por dicha norma, hay una baja del 24 al 12 %.
Desde el año pasado se pueden realizar planes de pagos en 6 cuotas mensuales y consecutivas, con un interés sobre saldo del 9% anual, 12 cuotas con un interés del 15%, 24 cuotas con el 24%, o de contado, sin intereses, para los compromisos que vencían entre fines de marzo y setiembre de este año.
Es importante destacar que para los grandes usuarios se aplicó una reducción en la tasa de actualización para deudas anteriores al 21 de marzo de este año, que bajó del 49 % al 30 %, para los alcanzados por los beneficios del decreto 283, 0% durante el período de ASPO y los no comprendidos en dicha norma, la tasa de actualización disminuye del 30 al 15%.