El gobierno estableció importantes cambios en los montos de las pensiones y prestaciones sociales a partir de diciembre de 2023. Estas modificaciones, detalladas en una reciente resolución, abarcan desde el haber mínimo hasta la actualización de remuneraciones para aquellos que cesen en la actividad a finales de noviembre.
Haber mínimo y máximo: nuevas cifras
Según la resolución 220/2023 publicada en el Boletín Oficial, el haber mínimo garantizado a partir de diciembre de 2023 será de $105,712.61, mientras que el haber máximo alcanzará la cifra de $711,345.76. Estos ajustes, determinados por disposiciones legales específicas, buscan proporcionar un sustento adecuado a los jubilados, considerando las crecientes necesidades económicas.
Además de los haberes, la resolución también establece nuevas bases imponibles mínimas y máximas. A partir de diciembre de 2023, la base imponible mínima será de $35,603.99, mientras que la máxima alcanzará los $1,157,112.83. Estas cifras son cruciales para calcular las contribuciones al sistema de seguridad social.
La Prestación Básica Universal (PBU) experimentará un aumento, fijándose en $48,358.70, lo que significa un apoyo adicional para los jubilados que dependen de esta prestación. Asimismo, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se establecerá en $84,570.09, brindando un respaldo financiero significativo a este grupo de la población.
Los haberes, la resolución también establece nuevas bases imponibles mínimas y máximas.
Otras actualizaciones
La resolución también aborda la actualización de remuneraciones para los afiliados que cesen en la actividad a partir del 30 de noviembre de 2023, así como para aquellos que continúen trabajando y soliciten la prestación a partir del 1° de diciembre de 2023. Estas actualizaciones se llevarán a cabo de acuerdo con los índices determinados por la Secretaría de Seguridad Social, asegurando una transición justa y equitativa para aquellos que dejan la fuerza laboral.
La Dirección General Diseño de Normas y Procesos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) jugará un papel crucial en la implementación de estas medidas. Se le ha otorgado la facultad de elaborar y aprobar las normas de procedimiento necesarias para poner en práctica las disposiciones establecidas en la resolución.
Cuáles son los extras que se recibirán en diciembre
La Ley de Movilidad establece que la actualización de los haberes para jubilados y pensionados se calcula mediante una fórmula que tiene en cuenta el 50% de los recursos destinados a la ANSES y el 50% de la evolución de los salarios de los trabajadores estables.
La Ley de Movilidad establece que la actualización de los haberes
Durante diciembre los jubilados con 30 años de aportes, que no hayan ingresado en proceso de moratoria, tendrán el beneficio de cobrar un extra de hasta $55.000.
Además, para quienes estén afiliados al PAMI gozarán de un bono de $15.000.
Asimismo, el próximo mes percibirán el medio aguinaldo: de esa manera, quienes tengan un haber mínimo recibirán 213.569 pesos (movilidad + refuerzo + medio aguinaldo). Si la persona tiene PAMI, también cobrará los $15.000 del Refuerzo Alimentario llegando casi a los 230 mil pesos.
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