El Banco Central volvió a flexibilizar el cepo cambiario al autorizar a los importadores el uso de fondos propios en moneda extranjera para realizar pagos antes de los plazos actualmente vigentes.
Autoriza a los importadores el uso de fondos propios en moneda extranjera para realizar pagos antes de los plazos actualmente vigentes.
El Banco Central volvió a flexibilizar el cepo cambiario al autorizar a los importadores el uso de fondos propios en moneda extranjera para realizar pagos antes de los plazos actualmente vigentes.
Así, las importaciones de bienes de capital se podrán pagar en forma anticipada cuando se utilicen fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales en moneda extranjera.
Para las importaciones del resto de los bienes, se permite realizar pagos con esos recursos antes de los plazos establecidos normativamente y a la vista de la documentación de embarque.
En el caso de los importadores de servicios a no vinculadas podrán utilizar fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales o reciban de sus ventas en moneda extranjera para pagar las importaciones sin plazo.
A su vez, las empresas que sean elegibles para tomar financiamiento local en moneda extranjera estarán autorizadas a utilizar estas divisas para realizar los pagos.
A partir de esta norma, los importadores podrán optar entre pagar sus importaciones con acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) en los plazos que correspondan según el tipo de bien o servicio, o adelantar esos pagos usando fondos propios en moneda extranjera o con financiamiento local cuando estén habilitados.
Esto es para pago de anticipos o a vista de documentación de embarque con fondos propios o con financiación, los que pueden acceder por hacer exportaciones.
Los pagos de importaciones de bienes tienen un plazo unificado de 30 días, excepto la energía, que es inmediato.