El Gobierno, en medio de la reciente devaluación del peso nacional frente al dólar estadounidense, tomó medidas significativas para abordar la creciente presión inflacionaria y mejorar los ingresos reales de la población, especialmente aquellos en situaciones de mayor vulnerabilidad social.
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2023-438-APN-PTE, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó una asignación no remunerativa para los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia en el sector privado, el sector público y el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Esta asignación será financiada por los respectivos empleadores y se abonará junto con los salarios correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2023, de acuerdo con las condiciones y modalidades establecidas en el decreto.
Según el artículo 5° de esta normativa, la asignación no remunerativa se aplicará a aquellos trabajadores y trabajadoras cuyos salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al mes de agosto de 2023, sean inferiores a PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400,000), o el monto proporcional en caso de jornadas laborales inferiores a la jornada legal o convencional.
La asignación se dividirá en dos cuotas, siendo la primera correspondiente al salario devengado en agosto de 2023, que deberá ser abonada dentro de los quince (15) días hábiles a partir del 1° de septiembre de 2023. La segunda cuota, correspondiente a septiembre de 2023, se pagará de acuerdo con la normativa legal vigente.
Además, el decreto facultó a los Ministerios de Economía y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, así como a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), para emitir normas complementarias y aclaratorias necesarias para la aplicación efectiva de la medida.
Es importante destacar que el salario neto, tal como se define en el artículo 1° de esta resolución, se calcula restando los aportes personales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y al Régimen Nacional de Obras Sociales del salario bruto.
Esta iniciativa busca mitigar el impacto de la devaluación en los trabajadores y trabajadoras argentinos, especialmente aquellos con ingresos más bajos, y promover el desarrollo productivo del país en un contexto económico desafiante.
Anexo I
La fórmula para el cálculo proporcional de la asignación no remunerativa mensual establecida para los trabajadores y las trabajadoras del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares considerando la jornada de trabajo de CIENTO NOVENTA Y DOS (192) horas mensuales, es la siguiente:
Asignación no remunerativa mensual* = $12.500 x Cantidad de horas de trabajadas en el mes de agosto / 192
* Para salarios inferiores a PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($387.500) por una jornada laboral de 192 horas mensuales.
A continuación, se presenta el siguiente cuadro un ejemplo del monto de la asignación no remunerativa y de la devolución prevista en el artículo 12 del Decreto 438/23 para una jornada laboral de 60 horas mensuales.
Monto de la asignación no remunerativa
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