El Ministerio de Trabajo fijó la fecha de inscripción para el Programa Repro II mediante el cual busca incrementar la ayuda que reciben los sectores productivos y de servicios que se vieron más afectados por las nuevas restricciones de circulación dispuestas para frenar el avance del coronavirus.
De acuerdo a la Resolución 206/2021 de la cartera laboral que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, se estableció que el período de inscripción al programa estará comprendido entre el 26 de abril y 3 de mayo de 2021.
De esta manera, el gobierno postergó el plazo para la solicitud del beneficio del mes de abril, que en un principio iba a estar disponible entre el 22 y 28 de abril.
Tenés que leerRepro II: los empresarios que no pagaron el impuesto a la riqueza quedarán afuera del beneficioEl beneficio para los trabajadores de los sectores considerados críticos será de 18.000 pesos en el salario de abril, que se pagará en mayo, mientras que en los meses siguientes volverán a cobrar 12 mil pesos y solo se mantendrán los 18.000 pesos para los trabajadores del sector de la salud.
En tanto que para los sectores afectados no críticos, el beneficio es de 9 mil pesos por trabajador.
Además se fijó como pauta para acceder al programa que los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación serán de marzo de 2019 y marzo de 2021. Y se aclaró que no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019 .
También se estableció que marzo de 2021 es el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia.
Tenés que leerEl Gobierno modificó el Repro II e incrementó la asistencia a sectores productivos y de serviciosAsimismo, la resolución firmada por el ministro Claudio Moroni también fijó el plazo para la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente, que para el mes de abril quedó establecido entre el 26 de abril y el 3 de mayo.
Este programa prevé también el pago de 18.000 pesos a trabajadores del sector encuadrados en el régimen de monotributo o autónomo.
De acuerdo a lo indicado en anteriores resoluciones para acceder al programa deberán presentar una variación de la facturación inferior al 20% en términos reales.