Miércoles 15.12.2021
/Última actualización 20:05
El presidente de la comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados, Carlos Heller, dejó en claro que el oficialismo no tratará la actualización del mínimo imponible sobre Bienes Personales, lo que supone que -por efecto de la inflación- cada vez más argentinos de clase media estarán alcanzados por el gravamen.
Gentileza D.RCreado a manera “provisoria” en 1991 y duplicando imposiciones a contribuyentes que ya pagan inmobiliarios y patentes, el gravamen obliga a contribuyentes cuyos bienes, en conjunto, representen un valor igual o superior a los $ 2 millones.
Cabe recordar que están exentos los inmuebles destinados a vivienda familiar con una valuación inferior a $ 18 millones, los depósitos (en pesos y dólares) en cajas de ahorros y en plazo fijo y los títulos y bonos locales.
Tras la derrota en las primarias y como parte del plan de reconciliación con la sociedad, el oficialismo votó en el Senado una actualización del mínimo a 6 millones, ya que la base se encuentra fijada en $ 2 millones desde la última actualización en 2018, y por efecto de la inflación supone incorporaciones de más contribuyentes e incrementos de la presión fiscal sólo por efecto inflacionario.
Aquella decisión del oficialismo ahora encuentra trabas en Diputados. Alejandro Cacace -Evolución Radical, San Luis- le pidió a Heller que incorpore el tratamiento de la media sanción del Senado para la sesión especial en la que se tratará el presupuesto, en la jornada de mañana. “No lo voy a incorporar al orden del día”, respondió el legislador del Frente de Todos, sin ofrecer mayores presiones.
El también radical Martín Tetaz (Buenos Aires) le advirtió a Heller: “usted sabe muy bien -es economista- que si no se aprueba la modificación antes del 31 de diciembre, ya no tiene sentido discutirla para el año que viene porque se liquida Bienes Personales con los valores al 31 de diciembre de este año.
“La modificación tiene que ser sí o sí antes del 31 de diciembre. Lo que usted está haciendo es aumentar los impuestos por inflación; usted no tiene atribución para hacerlo”, interpretó el flamante legislador.
Tetaz también solicitó la eliminación del artículo 82 del proyecto de presupuesto, que “confiere facultades extraordinarias al Ejecutivo” para modificar alícuotas de Bienes Personales en determinados casos.
Esas facultades vencen el 31 de diciembre y en el presupuesto se incorporó un artículo que las extiende hasta tanto esté en vigencia el gravamen.
El artículo cuestionado concede al Jefe de Estado la facultad de fijar alícuotas diferenciales superiores hasta en un cien por ciento sobre la tasa máxima para gravar los bienes situados en el exterior, y de disminuirla, para el caso de activos financieros situados en el exterior, en caso de verificarse la repatriación del producido de su realización, supuesto en el que podrá fijar la magnitud de la devolución de hasta el monto oportunamente ingresado.
“En el supuesto de definir dichas alícuotas diferenciales y a fin de determinar el monto alcanzado por cada tasa, el mínimo no imponible se restará en primer término de los bienes en el país”, dice la normativa vigente.