El Gobierno oficializó el jueves los cambios en el cobro de la percepción para el llamado "dólar turista", como también el cobro del impuesto PAIS para productores que deban girar divisas al exterior para el pago de artistas internacionales.
Se aplicará una percepción adicional del 25% para los consumos con tarjetas de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos en el exterior que superen los 300 dólares al mes.
El Gobierno oficializó el jueves los cambios en el cobro de la percepción para el llamado "dólar turista", como también el cobro del impuesto PAIS para productores que deban girar divisas al exterior para el pago de artistas internacionales.
La primera medida, dispuesta mediante la Resolución General 5272/2022 de la AFIP publicada en el Boletín Oficial, establece que los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos que superen los US$300 al mes, pagarán una percepción extra del 25% de concepto de adelanto del Impuesto a los Bienes Personales.
Algunos puntos que deben tener en cuenta aquellos que estén pensando en viajar al exterior:
Otro dato a tener en cuenta es que, las personas no paguen el impuesto a los Bienes Personales y hayan tenido que pagar la nueva percepción, podrán solicitar su devolución según lo dictamina el Régimen de Devolución de Percepciones previsto en la RG (AFIP) 4815. No obstante, el mismo lo podrán realizar recién a partir del 1º de enero del siguiente año en el que se aplicó el recargo.
No se encuentran sujetas al régimen de percepción los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en "el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la ciudad de Buenos aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino".
Tampoco regirá en el caso de "gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos".
Del mismo modo, no quedarán sujetas al régimen la compra de materiales de equipamiento para la lucha contra el fuego.