Economía y la Corte trabajan para que el cobro de las deudas fiscales por vía judicial sea digital
El ministerio de Hacienda, la Administración Provincial de Impuestos y el máximo tribunal judicial rubricaron un convenio marco de cooperación.
Economía y la Corte trabajan para que el cobro de las deudas fiscales por vía judicial sea digital
Jueves 19.8.2021
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Última actualización 20:18
El ministerio de Economía de Santa Fe, la Administración Provincial de Impuestos y la Corte Suprema de Justicia de la provincia firmaron un convenio de cooperación que busca arbitrar los medios necesarios para implementar un proceso de apremio fiscal íntegramente digital tendiente a prescindir del formato papel con los debidos resguardos para asegurar la confiabilidad de las normas procesales vigentes.
Hasta ahora los procesos se desarrollan con expedientes formados en papel, por las presentaciones de las partes, que son digitalizados para su consulta por medio de la plataforma del Poder Judicial.
Por tal motivo, ambos poderes del Estado han realizado avances tecnológicos y compatibilizado los sistemas informáticos disponibles, lo que permitirá agilizar los trámites de los procesos de ejecución fiscal promovidos por la API, permitiendo su tramitación íntegramente on line.
A través de la plataforma del Poder Judicial y mediante la utilización de la firma digital de todos los letrados intervinientes en representación de API, se posibilitará alcanzar uno de los objetivos que nos hemos propuesto en la gestión, consistente en una más eficiente y trasparente tramitación de los expedientes vinculados al cobro de deudas fiscales por vía judicial.
De esta forma, el Convenio de Cooperación entre la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe y la Administración Provincial de Impuestos, constituye un paso fundamental para un mejor funcionamiento de los Tribunales y un más eficaz desarrollo de los procesos judiciales de apremio fiscal, los que de ahora en adelante serán desarrollados de manera completamente digital y/o a distancia.
¿Cómo funcionará el sistema?
Las demandas de apremio deberán ser subidas digitalmente al sistema del Poder Judicial, debiendo estar firmadas por los letrados intervinientes con firma digital. Además, deberán digitalizarse los títulos ejecutivos que son la base documental de las demandas.
Luego los letrados representantes de API notifican al contribuyente y, si este se presenta y contesta la demanda, se le dará acceso al sistema y todo el resto del proceso se llevará delante de manera digital, sin que exista expediente papel alguno.
En definitiva, con esta nueva forma de tramitación de los procesos de apremios desaparecerá por completo el expediente tal como se conocemos en la actualidad.
El ministro de Economía Walter Agosto destacó que el convenio que se suscribe forma parte de un conjunto de medidas que el gobierno viene implementando. En ese sentido señaló que se avanza en un proceso licitatorio para la puesta en funcionamiento de un nuevo sistema informático para la API, que permitirá simplificar sustancialmente los procesos dentro del organismo recaudador y la tramitación y liquidación de tributos, lo que también redundará en beneficios concretos para los contribuyentes.
Este sistema unificará en uno solo los tres sistemas informáticos que hoy funcionan en la API, modernizando la gestión tributaria de manera integral y estableciendo un criterio de control por contribuyente, es decir relacionando en un mismo momento a cada contribuyente con todos los impuestos que tributa.
Este proyecto viene a resolver el problema suscitado con una empresa, que contaba con un contrato en dólares de la gestión anterior, con muchos incumplimientos y con un gran retraso en el cronograma de tareas que debía realizar, lo que llevó a la actual administración a su desvinculación.
El nuevo proyecto no implicará costo para el gobierno provincial, puesto que se enmarca en un esquema de vinculación con el gobierno nacional, a través del cual la provincia es beneficiaria de un aporte no reintegrable del BID.
El administrador provincial por su parte señaló que el organismo trabaja en un esquema integral de mejoras en los procesos y en ese sentido recordó que la API, en el marco del trabajo que viene realizando para la digitalización de los procesos y gestiones que los contribuyentes deben realizar ante el organismo, puso en funcionamiento desde el mes de mayo del corriente año una nueva aplicación -de desarrollo propio- que ya permite a los responsables tributarios locales elaborar y presentar sus declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos de una forma más simple y rápida accediendo al aplicativo de vía web y de manera on line.
Por otra parte, también recordó que el organismo ha incorporado todos los medios electrónicos de pago -que no estaban disponibles- para facilitar a los contribuyentes la cancelación de sus obligaciones tributarias desde el inicio de la pandemia.
En la actualidad los contribuyentes y sus asesores contables tienen la posibilidad de abonar los saldos resultantes de sus DDJJ íntegramente desde sus domicilios, ya sea por Home Banking, transferencias Debin, utilizando Plus Pagos o continuar con la forma tradicional a través de los Santa Fe Servicios. Esta diversificación de los medios electrónicos de pago ha redundado en una mejora en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ha generado un claro beneficio para todos los contribuyentes.
Beneficios fiscales
Consultado por cómo evoluciona el esquema de exenciones fiscales a los sectores afectados por la pandemia, Avalos indicó que Se implementaron dos regímenes de regularización de deudas tributarias en 2020 y en 2021 y se dispusieron amplias medidas de exenciones fiscales.
Con el dictado de la Ley Impositiva Anual para el 2020 Nº 13.976 el 30/12/2019, establecimos un amplio Régimen de Regularización Tributaria con el objetivo de recuperar deuda firme que no había sido gestionada por el gobierno anterior. Este régimen que se desarrolló hasta el mes de Junio de 2020 alcanzaba a todos los tributos provinciales devengados hasta el 30/11/2019.
Mediante la Ley Impositiva para el 2021 Nº 14.025, se implementó un Nuevo Régimen de Regularización que comenzó a funcionar desde el 01 de marzo y que tiene todavía hoy esta en vigencia, con la posibilidad de ser prorrogado hasta el 30 de Septiembre del presente año. Alcanza a dos tipos de deudas, por un lado las devengadas al 29 de Febrero de 2020 y por otro las que se generaron como consecuencia de la pandemia y hasta el 31 de Octubre de 2020. Los beneficios para el primer tipo de deudas (prepandemia) son la reducción de intereses de liquidación, reducción de intereses por pago contado, condonación de multas y financiación hasta en 48 cuotas. Para el caso de las deudas generadas durante la pandemia el nuevo régimen permite su pago a valores históricos y con financiación hasta en 48 cuotas sin intereses.
Respecto a los sectores afectados por la pandemia, el Poder Ejecutivo estableció un tratamiento diferencial para las actividades consideradas más afectadas por la pandemia (Hotelería, Turismo, Bares y Restaurantes, Jardines de Infante, Salones de eventos y todos sus servicios relacionados). Se dispusieron exenciones tanto en materia ingresos brutos y sellos por los períodos que van entre septiembre de 2020 y marzo de 2021. En el caso del impuesto inmobiliario la exención abarca las cuotas 2 a 6 de 2020 y la 1 de 2021. Las cuotas del régimen simplificado para pequeños contribuyentes de ingresos brutos de los meses septiembre de 2020 a marzo de 2021 también fueron eximidas.
Para dar continuidad a estas medidas el Poder Ejecutivo instrumentará nuevos beneficios fiscales para más de 20 sectores productivos (gastronomía, hotelería, turismo, salones de eventos y servicios vinculados, jardines maternales, peluquerías, agencias de lotería, gimnasios, clínicas y sanatorios que presten servicios de internación, servicios de emergencia médica) que contemplan la exención del impuesto sobre los ingresos brutos entre los meses de abril a septiembre de 2021, la cuota 3 del impuesto inmobiliario, impuesto de sello y tasas retributivas de servicios. Además, se dispuso el reintegro de todos los fondos retenidos y/o percibidos en dichos períodos a los contribuyentes beneficiados. En el caso del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, quedaron eximidos del pago de las cuotas 4 a 9/2021 la totalidad de los contribuyentes adheridos.
Más allá de los regímenes de regularización y los beneficios para sectores afectados por la pandemia, entre los años 2020 y 2021, se adoptaron una gran cantidad de medidas de diferimientos fiscales y planes especiales de pago con importantes ventajas, como medio para permitir que los contribuyentes se mantengan dentro del ámbito de cumplimiento fiscal.
El conjunto de las medidas adoptadas implicaron un costo fiscal para la provincia de $ 3000 Millones.