En medio de un escenario económico y social complejo, la suspensión de la Ley de Movilidad Jubilatoria generó preocupación sobre el futuro de los jubilados y las medidas necesarias para garantizar su bienestar. Eduardo Cóceres, especialista en temas previsionales, compartió con El Litoral su visión sobre la situación actual, destacando la necesidad de una revisión urgente y detallada de las políticas que afectan a los ciudadanos de la tercera edad.
Desde el inicio del mandato de Alberto Fernández, la movilidad previsional fue objeto de controversias. Cóceres sostuvo que la Ley de Movilidad de la gestión anterior era planteaba como una solución mientras se hablaba de un posible ajuste a los jubilados para hacer frente a compromisos financieros, especialmente con el Fondo Monetario Internacional.
Suspensión de la Ley de Movilidad Jubilatoria
Durante los últimos años, la situación se volvió aún más compleja con la implementación de numerosos Decretos de Necesidad y Urgencia por parte del presidente Fernández, quienes intentaban paliar las dificultades económicas mediante aumentos a los jubilados a través de bonos. Sin embargo, Cóceres sostiene que estos esfuerzos no fueron suficientes y que, dada la inflación desenfrenada y de seguir con dicha Ley de Movilidad el haber del jubilado se vería completamente "licuado".
Además alertó que, con la ley en vigor, en unos meses los jubilados podrían enfrentar dificultades para cubrir incluso sus necesidades básicas, planteando que era necesario un revisión y reajuste de las políticas en curso.
“El jubilado ya no va a tener ni para comer en 10 días, entonces es correcto como el Gobierno mandó el artículo diciendo se suspende el efecto de esta Ley de Movilidad Jubilatoria”, dijo el entrevistado.
El jubilado ya no va a tener ni para comer en 10 días
Movilidad jubilatoria
Con la derogación de la ley anterior, el gobierno ahora tiene la potestad de establecer una Ley de Movilidad Jubilatoria. Sin embargo, Cóceres destaca la falta de especificidad en cuanto a las pautas a seguir, excepto la necesidad de que sea solidaria y ajustada económicamente.
“Desde ya se les viene diciendo a los jubilados que van a superar su nivel de vida, ese es el segundo párrafo de la Ley. Por otro lado existe la posibilidad de que el gobierno, en caso de demoras en la creación de una nueva normativa, pueda fijar por decreto los aumentos periódicos de los jubilados”. Esta medida, aunque podría proporcionar cierta estabilidad, plantea interrogantes sobre la frecuencia y la capacidad de mantener el poder adquisitivo de los jubilados.
El especialista recordó que se anunció la entrega de bonos extraordinarios para los meses de enero y febrero, cada uno de 55,000 pesos. Esta medida, aunque alivia temporalmente la situación, deja en evidencia la complejidad de la realidad económica que enfrentan los jubilados para afrontar el creciente costo de vida.
Dentro de las modificaciones que propone la actual gestión se destaca el Artículo 106 que establece tres criterios clave: la suspensión del Artículo 32 de la Ley 24241, la facultad al Poder Ejecutivo para crear una forma automática de ajuste y la posibilidad de establecer una fórmula de ajustes por decreto hasta que se promulgue la nueva normativa. Cóceres subraya que cualquier medida tomada no debe alejarse de la realidad del costo de vida.
Por ultimo, el entrevistado sostuvo que los jubilados enfrentan un retraso significativo en la determinación de sus haberes. Mientras las discusiones continúan, la atención se centra en la capacidad del gobierno para implementar medidas que no solo mitiguen las dificultades actuales, sino que también sienten las bases para una movilidad jubilatoria más sostenible y justa en el futuro.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.