A través de la Resolución 177/2021, del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, el Gobierno relanzó un programa de asistencia económica destinada a trabajadores de agencias de viajes y de servicios de transporte de pasajeros para el turismo.
Se trata de la quinta edición del Auxilio Para Prestadores Turísticos (APTUR V), que otorga aportes no reembolsables por la suma de $ 50.000.
A través de la Resolución 177/2021, del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, el Gobierno relanzó un programa de asistencia económica destinada a trabajadores de agencias de viajes y de servicios de transporte de pasajeros para el turismo.
En el contexto de las restricciones por la pandemia del coronavirus, se vuelve a llevar a cabo la quinta edición del Auxilio Para Prestadores Turísticos (APTUR V).
El Boletín Oficial, explica que “en atención a continuar la situación epidemiológica ocasionada por el coronavirus, con sus consecuencias directas sobre la repercusión del sector turístico, es intención de este Ministerio continuar con el auxilio a personas prestadoras de servicios turísticos cuyas fuentes de ingresos se hayan visto afectadas”,.
Y agrega que “el APTUR V promueve la asistencia a los trabajadores y trabajadoras del sector turismo a través del otorgamiento de aportes no reembolsables por la suma de $ 50.000, a modo de conferir un sostén económico a las personas humanas y jurídicas prestadoras de servicios de agencias de viaje y transporte turístico de pasajeros, cuyas fuentes de ingresos se han visto afectadas con motivo de la emergencia pública en materia sanitaria”.
Por otra parte, se detalló que no podrán acceder al programa aquellas personas que se encuentren en relación de dependencia “bajo cualquier modalidad”, tanto en el sector público como en el privado; aquellos que tengan tres o más empleados a su cargo; y quienes adeuden contraprestaciones por cualquier tipo de asistencia que hayan recibido del Ministerio de Turismo, “o que posean cuentas pendientes de rendición”. Los postulantes deberán firmar una declaración jurada asegurando que no se encuentran alcanzados por ninguna de las restricciones mencionadas.
Requisitos
Personas humanas: acreditar 3 períodos consecutivos de inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-, Monotributistas Sociales o Trabajadores Autónomos, en el último año o 6 períodos consecutivos antes del momento de la declaración de la pandemia (marzo de 2020). Personas jurídicas: acreditar su constitución como agencia de viajes o servicio turístico de pasajeros, en los mismos períodos indicados para las personas humanas.
Acreditar la cantidad de empleados/as a su cargo.
Acreditar la actividad como Agencia de Viajes o Transporte Turístico.
Aprobar alguno de los siguientes cursos de capacitación del Programa de Formación Virtual (PFV) en la plataforma https://campus.yvera.gob.ar/ que lleva adelante el Ministerio de Turismo. Cursos autogestionados: “Accesibilidad Turística” y “Turismo Responsable y Género”. “Se hace saber a quienes fueran beneficiarios de otras ediciones del APTUR que no pueden presentar la aprobación de alguno de los cursos mencionados realizados para otras ediciones, en dicha situación debe obligatoriamente realizar el otro curso habilitado”, se aclaró en el reglamento.
Luego de solicitar el ingreso al programa en la web oficial del Ministerio, será la Subsecretaría de Desarrollo Estratégico la que analizará y evaluará las presentaciones, para luego notificar a las personas seleccionadas.
Tras la notificación, los seleccionados deberán finalizar y aprobar la capacitación mencionada en el plazo de 15 días corridos. Finalizado el curso, el pago del beneficio se hará efectivo a través de una transferencia de cincuenta mil pesos a cada persona seleccionada, a la cuenta declarada por ellas.