El Litoral | economia@ellitoral.com
Es el quinto aumento que convalida la Superintendencia de Servicios de Salud. Desde marzo ya subieron 35,4%.
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La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) adelantó que desde el primero de febrero las empresas de medicina prepaga podrán incrementar las cuotas de sus socios hasta un 5% adicional. En la primera semana del año será publicada la autorización en el boletín Oficial.
Esta anuncio se suma a los de transporte público, electricidad, gas y agua que se hicieron durante la semana pasada.
En lo que va del período de 2018, que para la SSS abarca de marzo a febrero de 2019, los aumentos habían sido del 35,4% distribuidos en dos de 7,5% en junio y agosto, uno de 8% en octubre y otro de 8,5% en diciembre.
De esta forma, con el 5% de febrero se convalida el quinto aumento y se llega a un incremento total de la cuota del 42,2%.
Cabe recordar que la inflación a interanual a noviembre se ubicaba en el 48,5%, y que los salarios registrados a octubre acumulaban pérdidas de 13 puntos porcentuales frente a la inflación. De esta forma, se estima que los salarios llegarían con hasta 15 puntos de brecha debajo del aumento de las cuotas de la medicina prepaga.
Costos
Los planes de las prepagas tienen un costo promedio mensual de $ 4.500/5.000 para una persona de edad mediana, y es mucho más alto para los adultos-mayores. Un matrimonio joven con dos hijos menores, en un plan sin reintegros, ronda los $ 10.000. Los planes familiares mayores superan ese importe. Los afiliados voluntarios tienen un recargo del 10,5% por el IVA.
El sector cuenta con 6 millones de beneficiarios, de los cuales sólo 1.200.000 son voluntarios. Del resto, el grueso deriva sus aportes de la Seguridad Social a la prepaga a través de las obras sociales y deben pagar, en caso de corresponder, la diferencia con relación al monto del plan privado. Como el salario sigue cayendo en términos reales, se acrecienta el pago diferencial. Otro sector menor corresponde a planes corporativos de empresas.
Los jubilados y pensionados no pueden derivar a una prepaga los descuentos que les efectúan con destino al Pami. En consecuencia, al jubilarse y no contar con la derivación de los aportes que tuvo como trabajador activo, se produce un encarecimiento de la cuota efectiva que debe pagar de su bolsillo.
Otro dato clave a tener en cuenta: para que la prepaga no le cobre una cuota mayor por “razones de edad”, el afiliado debe contar como mínimo con 10 años de antigüedad en la prepaga y comunicar su decisión de continuar en esa misma prepaga dentro de los 60 días desde que dejó de aportar como trabajador activo.
Por su parte, hasta el 40% de la facturación de las prepagas es deducible de la base imponible del impuesto a las Ganancias en la medida que no supere 5% de la ganancia neta del ejercicio antes de computar esta deducción.