Entre los requisitos para acceder al REPRO II, en la resolución 198/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, se suma un inciso que solicita que los empresarios deben presentar “una declaración jurada mediante la cual el titular de la empresa solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1º de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación”.
El Repro II es un programa que otorga una suma mensual por cada empleado (o empleador también, en el caso de pymes chicas) que es de $ 9000 para los sectores no críticos, de $ 12.000 para los sectores críticos (como los servicios de catering y los salones de fiestas) y de $ 18.000 para el sector de la salud.
En esa resolución, se formalizó que el monto será de $ 18.000 para los sectores considerados críticos para los salarios devengados este mes, en un marco de mayores restricciones y menos actividad en sectores como la gastronomía.