La causa por el incendio ocurrido en República Cromagnon, que provocó 194 muertos, originó que los investigadores atribuyeran distintos grados de responsabilidad a cada uno de los imputados.
* Omar Chabán y Callejeros
El fiscal que instruyó la causa, Juan Manuel Sansone, los considera co-organizadores del recital que la banda ofreció el 30 de diciembre de 2004 en República Cromagnon, ubicado en Bartolomé Mitre 3060 del barrio porteño de Once.
En ese sentido, al pedir que la causa fuera elevada a juicio, los acusó de:
1- Haber permitido que ingresaran al predio alrededor de 3.000 personas cuando en realidad estaba habilitado para 1.031.
2- Haber omitido adoptar medidas de prevención que hubieran asegurado una adecuada dotación de personal de seguridad que garantizase la integridad de las personas.
3- No haber realizado un cacheo minucioso en la entrada del local que le impidiera al público de la banda, reconocido en el ambiente por su afición al uso de pirotecnia, ingresar con ese tipo de objetos, a un lugar que registraba como antecedentes dos incendios y carecía de material ignífugo en su revestimiento.
4- Haber organizado un espectáculo de esas características sabiendo que la única salida de emergencia del local, que debía estar en condiciones de ser abierta desde el interior, se hallaba sellada con un candado y alambre.
5- No haber dispuesto las medidas que la situación demandaba una vez desatado el incendio y que hubieran posibilitado una eficiente y pronta evacuación del local.
En el caso exclusivo de Chabán, también se le atribuye haber organizado el espectáculo a sabiendas de que el certificado de seguridad contra incendios se encontraba vencido y de que la mayoría de los matafuegos se hallaban despresurizados y/o vencidos.
Y a Callejeros, también se le endilga haber promovido e incentivado el uso de pirotecnia por parte del público, postura que habría afectado negativamente sobre la efectividad de los controles a los que fueron sometidos los concurrentes del evento.
* Chabán, Raúl Villarreal, Carlos Rubén Díaz y Miguel Angel Belay:
Se le endilga a Díaz, como subcomisario de la seccional séptima, a Chabán y a Raúl Villarreal haber celebrado "un pacto espurio" a partir del cual los dos últimos habrían extendido sumas de entre 100 y 600 pesos al primero para que en al menos siete ocasiones el policía omitiera realizar controles que podrían haber derivado en sanciones que iban desde el labrado de actas hasta la clausura preventiva del local.
Es que en el boliche habitualmente se cometían contravenciones tales como exceso de público, consumo de alcohol por parte de menores y detonación de pirotecnia.
A Belay, sólo se le imputa no haber efectuado controles en un recital del 24 de setiembre de 2004, única vez que estaba ocupando su cargo.
* Fabiana Fiszbin, Ana María Fernández y Gustavo Torres
Se los acusa de haber omitido:
- Garantizar la seguridad de los concurrentes al boliche mediante controles de inspectores durante los espectáculos.
- Controlar en forma periódica el funcionamiento del local en razón del riesgo de la actividad que allí se desarrolla. La última inspección antes del incendio databa de nueve meses.
- Realizar una inspección en todas las discotecas clase C luego de haber conocido un informe de la Defensoría del Pueblo que advertía sobre las condiciones de inseguridad en que se hallaba gran parte de los locales.