El proyecto del Poder Ejecutivo convertido en ley que establece el adelantamiento de las próximas elecciones legislativas nacionales, fija la realización de esos comicios ‘por única vez y con carácter excepcional‘ el 28 de junio próximo.
‘Fijase, por única vez y con carácter excepcional, en virtud de la profundidad y extensión de la crisis económica internacional, el día 28 de junio, como fecha para las elecciones de diputados nacionales para el período 2009-2013, y, en los distritos que corresponda para las elecciones de senadores nacionales para el período 2009-2015‘.
La ley establece que el Poder Ejecutivo efectuará la convocatoria al electorado de la Nación Argentina para que el 28 de junio proceda a elegir diputados y senadores nacionales según corresponda a cada distrito.
Asimismo, se invita a las provincias cuyas constituciones lo permitan, a la convocatoria a elecciones provinciales simultáneas con las nacionales, a los fines del acortamiento de las campañas y la disminución de los costos respectivos.
Las elecciones se realizarán con el sistema establecido en el Código Electoral conforme al siguiente cronograma:
30 de diciembre: Cierre de registro de electores.
14 de abril: Distribución y exhibición de listas provisorias.
28 de abril: Fin de plazo de constitución de alianzas.
29 de abril: Fin de plazo de reclamos electorales.
29 de abril: Inicio de campaña electoral de diputados y senadores.
9 de mayo: Fin de plazo de registro de candidatos y oficialización de listas.
27 de mayo: Inicio de campaña por medios de comunicación.
29 de mayo: Distribución y exhibición de padrones.
29 de mayo: Presentación de boletas para su oficialización.
29 de mayo: Límite para la designación y ubicación de mesas.
8 de junio: Limite para la designación de autoridades de mesa.
21 de junio: Restricción de publicidad de actos de gobierno.
28 de junio: Elecciones.
Télam