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A modelos anteriores al 2000

Desde hoy se exige la RTO

El propósito de este chequeo es determinar el buen funcionamiento de las piezas, los sistemas de seguridad y controlar gases tóxicos.


Miércoles 1.10.2008
 12:04

A partir de hoy en los controles viales se comenzará a exigir en todo el territorio santafesino que los vehículos cuyos modelos sean anteriores al año 2000 hayan cumplimentado con la revisión técnica obligatoria (RTO).

Para los vehículos afectados al uso particular se ha contemplado un cronograma de exigibilidad que comenzó a regir a partir del corriente año:

Para los modelos anteriores a 1995 la revisión técnica se exige a partir del 1º de mayo pasado.

Para los modelos anteriores a 2000 la obligatoriedad de la RTO rige desde el 1º de octubre.

Para los modelos anteriores a 2005 la revisión técnica será exigible a partir del 1º de enero de 2009.

La documentación

El Certificado de Revisión Técnica (CRT) expedido le permitirá al vehículo circular por todo el territorio nacional.

La documentación que acredita la realización de la RTO –el certificado de aptitud y la oblea aplicada sobre el parabrisas del vehículo– podrá ser requerida por autoridades de aplicación: inspectores de transito y transporte provinciales y municipales, fuerzas de seguridad en operativos de control; en la tramitación del seguro obligatorio del automotor; en la gestión de la Licencia de Conducir, en ocasión de realizar exámenes de aptitud conductiva o práctica; trámite de inscripción o renovación en el Registro Provincial de Transporte de Cargas; y para la habilitación de unidades de Transporte de Pasajeros, previa inscripción en la Dirección Provincial correspondiente.

Para poder realizar la RTO se debe tener domicilio en la provincia de Santa Fe, acreditado mediante título automotor, cédula de identificación o tarjeta verde.

No se consideran válidas las RTO realizadas a partir del mes de junio del año 2007 en talleres o centros de inspección localizados fuera del territorio provincial, por carecer de habilitación correspondiente. En tales casos deberá realizarse una nueva RTO en cetros de inspección autorizados.

Objetivos

Uno de los objetivos fundamentales de la revisión técnica vehicular obligatoria es la reducción de los accidentes de tránsito causados por fallas técnicas, que representan aproximadamente un 10% de las causas que pueden ocasionar un accidente. Además, un buen mantenimiento del vehículo reduce en un 20% las emisiones de monóxido de carbono y 10% las emisiones de hidrocarburos mejorando la calidad del aire, lo que indudablemente eleva la calidad de vida de las personas, por menor número de accidentes y menos contaminación. La RTO contribuye a elevar el valor de los vehículos y a reducir el parque de vehículos antiguos y permite detectar las características de legalidad de cada uno de los vehículos inscritos.

La RTO, VTV (verificación técnica vehicular) o ITV (inspección técnica vehicular), como se conoce comúnmente en nuestro país, es un mecanismo creado por la Ley Nacional de Tránsito y ratificado por ley provincial, que promueve el auto control por parte de los titulares o usuarios responsables de los automotores con relación al funcionamiento de los sistemas de seguridad, que las citadas leyes prevén como indispensables para evitar o minimizar riesgos en la conducción.

También exige que previamente al cumplimiento del trámite de verificación, el responsable del vehículo se asegure de tener en funcionamiento adecuado los sistemas, de modo de alcanzar la aptitud requerida.

El propósito de este chequeo es determinar el buen funcionamiento de las piezas y sistemas de seguridad activa y pasiva y controlar la emisión de contaminantes. Es por eso que se revisan: los instrumentos y accesorios; sistema de iluminación (alta - baja y guiños); sistemas de dirección: tren delantero, alineación; carrocería, chasis; elementos de emergencias (matafuegos, etc.); identificación del vehículo (número del motor y chasis); tren trasero; nivel de ruido; frenos; neumáticos; gases de escape; y polarizados.

Resultados

El resultado de la verificación podrá ser:

Apto: el vehículo queda habilitado para la circulación por el período de vigencia de la RTO.

Condicional: en este caso el vehículo podrá circular sólo durante el lapso que autoriza la ley y a los efectos de realizar las reparaciones indicadas (no habilitado para prestar servicio si es de transporte o carga).

Rechazado: el vehículo no podrá circular y se exige una nueva inspección de la unidad.

Informes

Todo lo relacionado a la Revisión Técnica Obligatoria se puede consultar en la página oficial de la Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte (Cent), www.cent.utn.edu.ar.

Para consultar sobre los centros de inspección habilitados en la provincia de Santa Fe se puede visitar www.cciv.com.ar o llamar al teléfono de consultas: 0810 - 777 - 8326.


Fuente: Secretaría de Comunicación Social

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