La actriz y conductora Susana Giménez salió del país junto a su hermano, el cantante Augusto Patricio Giménez, con el objetivo de instalarse en su chacra de Punta del Este, a pesar de la cuarentena obligatoria que dispuso el Gobierno nacional para intentar frenar el avance del coronavirus.
Según pudo averiguar NA, la Diva de los Teléfonos partió el sábado pasado a las 15:00 rumbo a Montevideo desde el Aeroparque Metropolitano, junto a Patricio Giménez, en un vuelo autorizado un día antes con el detalle "Traslado de dos ciudadanos argentinos con residencia en Uruguay".
La decisión de Susana generó malestar en la gente, algo similar a lo ocurrido con el empresario y conductor de televisión Marcelo Tinelli cuando se fue a Esquel, Chubut, en el primer tramo del aislamiento obligatorio, con la diferencia que en esta ocasión el viaje fue al exterior del país.
La popular conductora partió desde el aeropuerto SABE (en la jerga aeronáutica, Aeroparque) rumbo a SUMU (Montevideo).
Cuando pisó suelo uruguayo, según confirmó Noticias Argentinas de testigos directos, las autoridades no querían que bajara, hasta que exhibió un certificado de estar tramitando la residencia en la República Oriental del Uruguay (ROU).
Allí, Susana Giménez señaló que iba a su chacra de Punta del Este, algo que sorprendió porque podría haber usado el aeropuerto cercano a esa ciudad balnearia.
La autorización fue otorgada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), para viajar en la aeronave Lear Jet 60, matrícula LV-FVZ, de la firma Baires Fly, otra cuestión que sorprende, pues para ello debió haber sido considerada una excepción necesaria el viaje de la diva rumbo a Uruguay.
"Antes de la cuarentena, lo normal eran 600 operaciones diarias. Ahora son 10 o menos, todas de aviones chicos. Pero suelen ser vuelos sanitarios, oficiales (con autoridades que se trasladan), de seguridad o carga", señaló una importante fuente del sector, que vio a la diva el sábado y aún no encuentra explicación a la autorización de la ANAC para su vuelo.
Más aún, porque en el documento oficial de ese organismo que la habilita a viajar dice lo siguiente: "A partir del 06/04/2020, a que las personas comprendidas dentro de los supuestos previstos en dicha norma y que deban contar con el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID- 19, hayan obtenido el mencionado certificado con anterioridad a la realización del vuelo que se autorice".
"En su defecto, y para aquellas personas que no resulten obligadas a la tramitación del Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19, la autorización quedará supeditada a la obtención de los certificados que adicionalmente establezcan las autoridades competentes o, en los casos en que corresponda, a la presentación de la Declaración Jurada - Transporte Aéreo de Pasajeros. Queda bajo exclusiva responsabilidad de los pasajeros disponer de los permisos correspondientes a la circulación de los mismos", completa el texto.