Condenados por el crimen de un guardiacárcel
Facundo Martín Castro, el interno del Penal de Las Flores que mató a un guardiacárcel el 16 de agosto de 1999, fue condenado a veinticinco años de reclusión, según lo resuelto por el juez en lo Penal de Sentencia de la Segunda Nominación, Dr. Alejandro Echarte.
Junto con Castro, también resultó condenado su compañero de prisión, Mario Gustavo Salinas, a quien se lo culpó por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada y amenazas con armas, por haber mantenido como rehenes a tres agentes del servicio penitenciario durante ese mismo episodio.
Salinas mereció, por estos delitos, la pena de cinco años de prisión que, unificada con una sanción anterior, hacen que su condena se eleve a nueve años.
Castro fue condenado como autor de los delitos de: homicidio, tentativa de homicidio reiterado en cuatro oportunidades, abuso de armas, privación ilegítima de la libertad agravada y amenaza con arma.
Durante el motín desatado en el pabellón N° 3 de la cárcel de Las Flores -el más sangriento en la historia de ese penal- resultó muerto un agente del servicio penitenciario, Marcos Antonio Sánchez, en tanto que tres compañeros suyos fueron lesionados y otros tantos, tomados como rehenes.
El violento episodio se suscitó mientras los guardias llevaban adelante una requisa: cuando Sánchez, que tenía 30 años, abrió la puerta del pabellón 3 para despojar a los internos de las armas que pudiera haber en el lugar, se topó frente a frente con un sujeto armado, el que sin mediar demasiados trámites, abrió fuego contra el uniformado.
La herida que le propinaron, en la zona abdominal, le provocó la muerte, tras algunas horas de agonía.
Lo que siguió fue una pelea generalizada entre guardias y presos de la que tomaron parte, en principio, muchos internos pero que luego derivó en sólo dos reos que tomaron el mando de la situación.
Héctor Cristian Vallejos, Heraldo Claudio Acosta y Cristian Adrián Enriquez son los guardias que resultaron heridos. Este último también fue tomado por rehén, al igual que sus compañeros, Gabriel Alejandro Bordier y Roque Gustavo Agüero.
El juez Echarte no puso en duda la responsabilidad penal de Castro puesto que las filmaciones efectuadas por la prensa -sumada a los numerosos testimonios- permitían apreciar claramente que era él quien portaba una pistola 9 mm., que por otra parte entregó en manos del juez de Instrucción de la Octava Nominación, Dr. Roberto Prieu Mántaras, presente en el lugar.
Refiere que en los primeros momentos del conflicto "sólo existe un arma que dispara y tal arma es accionada por Facundo Martín Castro".
En función de ello, es a Castro a quien se atribuye el homicidio de Marcos Sánchez, así como también la tentativa de homicidio en perjuicio de otros cuatro guardias: Héctor Vallejos, Cristian Enriquez, Heraldo Acosta y Osvaldo Romano.
Contra estos últimos disparó el recluso cuando se encontraban acorralados en un pasillo de 4 metros de ancho, sin que las víctimas tuvieran mayores posibilidades de eludir el ataque.
Al aludir a los custodios que fueron tomados como rehenes, el juez estima que "las víctimas son utilizadas como una especie de escudo humano con los que los procesados se protegían".
La única circunstancia atenuante que Echarte tuvo en cuenta en favor de Castro y Salinas fue que, mientras duró el cautiverio de los agentes penitenciarios, "no los hicieron objeto de malos tratos, pese a que los demás internos pedían a gritos que los `chusiaran' ".