Editorial

Espacios públicos y bien común

Tres meses después de la ocupación del Parque Indoamericano en la Capital Federal, los fiscales que investigaron el caso llegaron a la conclusión de que hubo instigadores con ánimo de lucrar sobre el estado de necesidad de mucha gente, y pidieron su procesamiento. Sin embargo la jueza María Cristina Nazar rechazó este enfoque y dispuso que se archive la causa, al considerar que “no fue un delito”.

La magistrada, a cargo del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 26 de la Ciudad de Buenos Aires, desestimó un pedido del Ministerio Público Fiscal porque “la cuestión traída a examen excede el marco del Derecho Penal y se enrola en una cuestión social que debe estudiarse y resolverse, como sucedió, a través de las instituciones previstas por la Constitución local y por los actores dispuestos a tal fin”.

El curioso fallo omite que precisamente los fiscales son parte necesaria del cauce institucional previsto en la Constitución, y que la investigación no se basó en la gente que necesita vivienda o en su conducta al respecto, sino que se focalizó en quienes intentaron hacer plata con la necesidad de esas personas, desprovistas por lo demás de políticas sociales de cualquier jurisdicción, que atiendan su problema.

El fiscal general adjunto Luis Jorge Cevasco, calificó la resolución de Nazar de “absurda y ridícula”.

No es la demanda o la necesidad social lo que está en juicio, sino las especulaciones espurias que puede haber sobre este tema, y la necesidad de que efectivamente se lleven a juicio para esclarecerlas, toda vez que los fiscales encontraron elementos suficientes para que el caso proceda.

Cristina Fernández de Kirchner ha dicho, sobre un caso similar, que se resolvió “con la Constitución en la mano y procesando a quienes habían ocupado este predio”, por lo que “pudimos recuperarlo sin que tuviéramos que ejercer violencia física”. La presidenta habló en referencia al club Albariño, que también fuera ocupado con intenciones similares a las del Parque Indoamericano.

Es cierto que aquél club -hoy un nuevo cuartel de bomberos- era un predio de una entidad civil. No menos cierto es que el Parque Indoamericano es en realidad un bien del Estado afectado como espacio público.

El problema es que en la interpretación de la magistrada, si la necesidad social justifica la ocupación y exime de responsabilidades judiciables a los instigadores, entonces cualquier plaza, calle, vereda del país es susceptible de instalaciones para atender la demanda de vivienda o necesidades de otra naturaleza, incluso cuando tales acciones son producto de promociones engañosas.

“Lo absurdo de la resolución de la jueza es que dispuso el desalojo y ahora dice que no hay delito”, explicaron los fiscales. Mientras la cuestión se dilucida, la política debe asumir su deuda social y los espacios públicos deben ser claramente preservados para la función superior que tienen que cumplir, por el bien común.