PRESUPUESTOS MÍNIMOS PARA LA CALIDAD ACÚSTICA

Ruido: la contaminación invisible

Un proyecto de ley que regula en la materia a nivel nacional lleva diez años de debate y varios intentos de sanción en el Congreso. Fue evaluado por ministros de todo el país en el ámbito del Cofema. La última iniciativa tiene el aval del Senado. Experiencias en tres universidades.

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La norma apunta a los excesos de sonido, “que alteran las condiciones ambientales normales en una determinada zona y degradan la calidad de vida de sus habitantes”. Foto: Mauricio Garín

 

Nancy Balza

politica@ellitoral.com

En octubre del año pasado, el Senado nacional otorgó media sanción al proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Calidad Acústica, de autoría de la entonces senadora Norma Morandini (Frente Cívico por Córdoba, actual directora del Observatorio de Derechos Humanos del Senado) con alcance para las actividades emisoras de ruidos o vibraciones susceptibles de producir contaminación acústica y con el objetivo de contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población y la preservación ambiental.

La iniciativa pretende prevenir y reducir la contaminación acústica; evitar o mitigar los efectos negativos derivados de esa contaminación para la salud humana, otros seres vivos y el entorno natural o cultural, y promover la utilización y transferencia de tecnologías adecuadas para el logro de las metas de calidad acústica previstas por la ley. Para todo ello, se establece la creación de un Plan Acústico para áreas urbanas con una población igual o superior a 50 mil personas.

El proyecto recoge como antecedentes las iniciativas presentadas en el año 2006 por la diputada Marta Maffei y en 2010 por la diputada Verónica Benas, ambas aprobadas por la Cámara Baja que caducaron al no ser tratados en el Senado. La propuesta de Morandini sí logró media sanción de esa Cámara pero ahora falta su aprobación en Diputados donde fue girado a las comisiones de Recursos Naturales y de Salud. También fue debatido con el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Sergio Bergman, y en el ámbito del Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema) que integran ministros del área de todas las provincias.

DAÑOS Y PERJUICIOS

El texto, que contó con el aporte de especialistas de distintos puntos del país, define a la contaminación acústica como el incremento significativo de los niveles auditivos del medio, es decir, un exceso de sonido que altera las condiciones ambientales normales en una determinada zona y degrada la calidad de vida de sus habitantes.

Es provocada por la actividad humana y produce efectos negativos sobre la salud física y mental de las personas, si bien “no ocupa los primeros lugares en las denuncias sociales, dominadas por la gestión de los residuos, la polución del aire, el tránsito o la contaminación de las aguas”, tal cual se expone en los fundamentos.

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Norma Morandini

Foto: Archivo El Litoral

Glosario

Calidad acústica: estado de ausencia de contaminación acústica.

Contaminación acústica: presencia de ruidos o vibraciones en el ambiente, generados por la actividad humana, en niveles tales que resulten perjudiciales para la salud de los seres humanos y otros seres vivos, o produzcan deterioros en el entorno natural o cultural.

Decibel (dB): unidad en la que se expresa el nivel de presión sonora. Su definición podrá tomarse de la norma Iram 4.036/72 o de la que surja de su actualización o reemplazo.

Emisión: sonido o vibración generado por una fuente o actividad, medido en su entorno conforme a un protocolo establecido.

Inmisión: sonido o vibración existente en la posición del receptor expuesto al mismo.

Ruido: sonido que produce una sensación auditiva considerada molesta o incómoda y que puede resultar perjudicial para la salud de las personas u otros seres vivos.

Ruido blanco: es aquel ruido que contiene todas las frecuencias audibles por el oído humano y presenta un nivel de energía constante por frecuencia, con amplitudes aleatoriamente cambiantes.

Pared acústica: todo muro que actúa como obstáculo para una onda sonora en su camino de propagación impidiendo continuar el recorrido.

 

El dato

EXPERTOS

Para la redacción del proyecto de ley se contó con la colaboración de organismos y profesionales dedicados a la problemática de la contaminación acústica provocada por los ruidos urbanos de Buenos Aires, Córdoba, Rosario y La Plata.

ANTECEDENTES

En España: el país europeo cuenta con el Sistema Básico de Información sobre la contaminación Acústica (Sica). Éste constituye la base de datos necesaria para la organización de la información relativa a la contaminación acústica, y en particular, la referente a los mapas estratégicos de ruido y planes de acción. Más info: http://sicaweb.cedex.es/

En Londres: el aeropuerto Heathrow (Londres), el de mayor tráfico en Europa, tiene planes de prohibir los vuelos nocturnos, decisión vinculada con conseguir el visto bueno del gobierno británico para construir una tercera pista pero también a un compromiso con reducir la contaminación y el ruido.

En América: cuentan con legislación y estatutos en esta materia Bolivia, Chile, Venezuela, Uruguay y Costa Rica.

Sin embargo, desde la celebración de la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano -también conocida como “Conferencia de Estocolmo”- organizada por las Naciones Unidas en 1972, el ruido ha sido declarado contaminante. Y sus consecuencias más frecuentes sobre la salud son: deficiencia auditiva, interferencia en la comunicación oral, trastorno del sueño y reposo, y efectos psicofisiológicos sobre la salud mental, la conducta y el rendimiento.

UN DERECHO CONSTITUCIONAL

Con posterioridad a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, se produjo la reforma de la Constitución Nacional en el año 1994 que incorporó a su texto, entre otras modificaciones, el Artículo 41. Éste consagra el derecho de todo habitante a gozar de un ambiente sano y establece una serie de obligaciones y mandatos, tanto a nivel general como específicamente en relación a las autoridades públicas.

De esta manera, la Carga Magna incorpora las bases jurídicas del derecho ambiental al considerar que “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo (...). Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales”.

Los fundamentos de la ley aclaran aún más este punto cuando señalan que “cuando se pretende legislar en procura de la implementación de políticas públicas tuitivas y de alcance colectivo o difuso, como es el caso de la contaminación acústica, la tipología normativa idónea es la de las leyes de presupuestos mínimos ambientales, y no la legislación de fondo en materia civil. Es el Estado nacional el responsable primario de fijar el marco jurídico para la intervención en protección de un interés mayor al que implica las relaciones jurídicas individuales”.

El tema está ahora en manos de Diputados, que deberá dirimir si legisla sobre una forma de contaminación actual e invisible pero de comprobado impacto sobre la calidad de vida. así lo advierte el texto legal: “Si en otros siglos el ruido revelaba la vitalidad de una sociedad, hoy corremos el riesgo de naturalizar su exacerbación: la contaminación acústica que corroe nuestra convivencia, altera la dinámica del espacio público y atenta contra nuestra salud”.

Una encuesta en Córdoba

Arturo Maristany es doctor en Ingeniería Acústica y director del Centro de Investigaciones Acústicas y Luminotécnicas de la Universidad Nacional de Córdoba, organismo que puso en marcha un programa de cooperación técnica específica con la Secretaría de Ambiente de la Municipalidad de Córdoba en el área de la problemática de ruido urbano. En ese marco, se puso en marcha el Observatorio de ruido Córdoba, un espacio destinado al diagnóstico subjetivo de la situación actual de ruido en la ciudad.

“El observatorio está orientado a actuar como receptor de las demandas sociales frente al tema del ruido”, señaló a El Litoral. Para ello, se creó una página web (http://ruidocba.webs.fcm.unc.edu.ar/) a fin de mantener un canal de comunicación e información sobre la temática y la recepción permanente de la demanda de los vecinos. También se implementó una encuesta online cargada en la plataforma de la UNC. “Con la implementación de estas actividades se busca generar conciencia de lo que significa la contaminación sonora de la ciudad y su impacto en la calidad de vida. Se espera que una parte importante de la población, al menos aquélla principalmente afectada o productora del ruido, reconozca las herramientas de control y mitigación”. Para tener en cuenta: el 98% de los encuestados considera que se debería hacer un esfuerzo mayor en las ciudades para disminuir el ruido urbano, y que las políticas que podrían surtir un mayor efecto son la fiscalización adecuada del ruido (66%) y la información periódica a la ciudadanía de los niveles de ruido a los que está expuesta (21%).

Un sonómetro en Rosario

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En la fachada del Centro Cultural Roberto Fontanarrosa de Rosario se instaló un sonómetro gigante que desarrollaron en forma conjunta el Laboratorio de Acústica y Electroacústica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Rosario y el Grupo de Experimentación Innovativa e Instrumental (Geii). La ubicación elegida es estratégica: se trata de un lugar muy concurrido, en la plaza Montenegro de la ciudad del sur, lindante con dos calles muy transitadas y una peatonal. El equipo muestra con grandes dígitos, visibles desde más de 80 m de distancia, el nivel sonoro que hay en el lugar. “Los dígitos son verdes para niveles seguros para la audición, amarillos para niveles precautorios y rojos para indicar niveles que pueden causar daño auditivo a largo plazo”, explicó a este diario Federico Miyara, del Laboratorio de Acústica y Electroacústica (UNR).

El objetivo no es obtener mediciones con un fin particular: “Eso lo haríamos con un monitor de ruido, que está previsto en un futuro, incluso con conexión a Internet”. Se trata de “permitir que la gente tome contacto con la medición de ruido, que pueda relacionar lo que escucha con las valoraciones numéricas ya que es una primera aproximación a la toma de conciencia sobre el problema: igual que la gente sabe que 35 ºC es mucha temperatura sería bueno que sepa por experiencia propia que 90 dB es mucho sonido”.

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El medidor digital está ubicado sobre las letras de la entrada (imágenes de la inauguración y detalle)

Foto: Archivo El Litoral

El tránsito de Santa Fe

Entre 2005 y 2007, el Grupo de Estudios sobre Energía (Gese) de la Universidad Tecnológica Nacional -Regional Santa Fe- realizó mediciones de contaminantes químicos y sonoros en 22 puntos estratégicos del micro y macrocentro de esta ciudad donde el tránsito aparecía claramente como la principal fuente de polución. El Ing. Sebastián Rusillo recordó algunos pasajes de aquella investigación y sus conclusiones. Por ejemplo, que “relacionando los datos de flujo vehicular con los de contaminación sonora se ve que las intersecciones que muestran mayor nivel de ruido son aquéllas donde hay un gran flujo de transporte público de pasajeros y las calles son cerradas”. Vale la aclaración: por cerradas se entienden a aquellas calles que “no cuentan con ningún tipo de pulmón natural, las veredas son angostas y la línea de edificación llega muy cerca de las calzadas, como por ejemplo: Juan de Garay y San Jerónimo; Juan de Garay y 25 de Mayo”.

Más allá de reconocer los beneficios que se desprenden del uso de vehículos automotores, el informe advertía entonces que “es generador de grandes conflictos: congestionamiento, accidentes y problemas de estacionamiento, problemática que trae a consecuencia un grave deterioro de la salud y del medio ambiente. El tráfico y los combustibles utilizados en las fuentes móviles son una de las principales fuentes de emisión de contaminantes en los centros urbanos”.

Para descansar apropiadamente, el nivel de sonido equivalente no debe exceder 30 dB(A) para el ruido continuo de fondo y se debe evitar el ruido individual por encima de 45 dB(A).