- A partir del emplazamiento de la Corte, el Congreso tendrá que trabajar contrarreloj para aprobar una nueva conformación del Consejo de la Magistratura.
El diputado del PRO y miembro del órgano que selecciona jueces es autor de uno de los proyectos en discusión para adaptar su composición al equilibrio que establece la Constitución y ordena el fallo de la Corte Suprema. La discusión por la presencia del presidente del Tribunal y las consecuencias de no llegar a un acuerdo.
- A partir del emplazamiento de la Corte, el Congreso tendrá que trabajar contrarreloj para aprobar una nueva conformación del Consejo de la Magistratura.
-No deberíamos perder el tiempo en el Congreso para poder llegar el 15 de abril con la nueva Ley Orgánica sancionada, y evitar la paralización del Consejo, que claramente no sería beneficiosa.
- Algunos objetaron que el plazo de 120 días es exiguo…
- Es el plazo que tenemos, no vale la pena detenerse en analizar si es exiguo o no. Lo que tenemos que hacer es concentrarnos en la consideración de los distintos proyectos y tratar de llegar a una síntesis que nos deje satisfechos a todos, y por ende sancionar una nueva ley.
- ¿Ve viable un acuerdo entre los distintos partidos, con las ideas diferentes que hay sobre cómo debe ser el Consejo de la Magistratura?
- Los acuerdos siempre son viables, depende del ánimo con el que las partes encaren la negociación. Yo creo que no deberia ser difícil ponernos de acuerdo en una integración más equilibrada del Consejo, porque de eso se trata. La razón por la cual la Corte Suprema declaró inconstitucional la ley 26080 es porque hay desequilibrio en la representación de los estamentos, con un predicamento a favor del estamento político. Por lo tanto, en lo que hay que ponerse de acuerdo es en una nueva integración del Consejo que sea equilibrada. Desde ese punto de vista, no debería ser difícil encontrarla, en la medida en que no nos encerremos en fórmulas caprichosas o posiciones irreductibles. Si todos hacemos el esfuerzo por encontrar el proyecto que satisfaga a todos no debería ser problema.
- Suena complicado encontrar un proyecto que satisfaga a todos. Además, tienen que asegurarse de que el nuevo esquema supere el test de constitucionalidad, y no se exponga a un nuevo rechazo judicial…
- Con las pautas que la Corte ha dado, en cuanto a respetar el equilibrio que establece el art. 114 de la Constitución Nacional, es mas que suficiente para encontrar una integración satisfactoria y equilibrada. Yo particularmente creo que 4 jueces, 4 abogados, 6 legisladores, es una fórmula equilibrada, más un académico y un representante del Poder Ejecutivo. Me parece que la piedra de toque va a ser la presencia o no del presidente de la Corte. Me parece que allí se va a centrar la principal discusión para llegar a un acuerdo.
- En estos días fue noticia la presentación de un proyecto del presidente del bloque de Diputados de Juntos por el Cambio, Mario Negri, pero también previamente hay uno suyo. En ambos casos prevén que el presidente de la Corte integre el Consejo, a diferencia de lo que ocurre ahora y de lo que propone el proyecto del oficialismo.
- El artículo 114 es claro cuando dice que en el Consejo de la Magistratura debe haber representantes "de los jueces de todas las instancias", por ello en nuestro proyecto se prevé la presencia de un representante de la Corte Suprema. Yo presenté este proyecto en 2018 para despolitizar el Consejo de la Magistratura, despejar la inseguridad jurídica en torno a su funcionamiento y para que sea un órgano independiente, eficiente y ágil. En su oportunidad, fue consensuado con el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y el Ministerio de Justicia. Al no prosperar, en su momento, lo volví a presentar.
- Tomando en cuenta las distintas iniciativas, parece que hubiese un baile de números: que si de 20 pasamos a 13, y de ahí subimos a 14, a 17, volvemos a 20...
- Sí, pero yo no estoy aferrado a mi proyecto, es una fórmula como cualquier otra. La fórmula de 17 no me parece mal, la de 20 tampoco. Yo soy partidario de un Consejo más reducido, porque me parece que eso lo hace más ágil, más eficiente. Pero se puede conversar sobre todas las opciones. Con lo que sí tenemos que tener cuidado es con que la composición sea equilibrada. El tema no pasa por el número, sino por el equilibrio.
- Que ningún estamento prevalezca
- Exactamente, ese es el tema. La Corte deja en claro en el fallo que no se trata sólo de equilibrio entre partidos (por ejemplo, que no prevalezca el oficialismo), sino entre estamentos: que el sector político en general no tenga más relevancia que los demás.
- En su proyecto también hay una cláusula novedosa, que da la posibilidad de que cada estamento elija a alguien que no lo integre.
- Es una posibilidad. Yo la propongo apoyado en mi propia experiencia en el Consejo. Se hace difícil compatibilizar las tareas que el Consejo demanda con las que demanda, por ejemplo, ser diputado. Hasta cierto punto me parece que una posibilidad puede ser esa. Por ejemplo, los jueces, cuando son electos, de acuerdo con la ley pueden pedir una licencia y dedicarse exclusivamente al Consejo. En cambo los legisladores no tenemos esa posibilidad. Entonces, una opción es que los representantes, particularmente de los legisladores, no sean legisladores en actividad, sino personas con el conocimiento técnico y la experiencia para estar en el Consejo representando a la Cámara, que puedan hacerlo a tiempo completo.
Hay algún proyecto de hacer que esto sea obligatorio. Yo en mi proyecto no lo puse así, para que sea la propia Cámara la que lo decida. Lo que me parece es que no puede haber una mezcla: o lo hacen las dos Cámaras, o no lo hace ninguna.
- Mientras tanto, corren los tiempos y hay que prever que si el Congreso no sanciona la nueva ley a tiempo, hay que elegir los miembros que faltan para llegar a 20.
- Así es. A partir del fallo de la Corte, la mejor solución, la más clara, la más republicana, sería que el Congreso sancione una nueva ley orgánica antes del 15 de abril. Ahora, también el propio fallo de la Corte ha previsto que si esto no ocurre, ingresen al Consejo siete consejeros nuevos, dos abogados, dos legisladores, un juez, un académico y el presidente de la Corte Suprema. De modo que no podemos quedarnos confiados en que el Congreso va a sancionar la ley, por lo cual entiendo que los consejeros tenemos la obligación de poner en marcha los mecanismos que permitan, llegado el 15 de abril sin una nueva ley, que se incorporen esos consejeros que ha ordenado la Corte. El presidente de la Corte ya está, en cambio los abogados dependen de una elección en la que participan 25 o 30 mil profesionales, los jueces otros mil, así que a eso hay que organizarlo, establecer plazos, mecanismos. Así que estamos en eso.
- Mientras tanto, ¿la cobertura de vacantes judiciales se vio resentida?
- La verdad es que el Consejo a lo largo de toda su existencia ha demostrado ser poco eficiente, poco veloz para la cobertura de vacantes. Es un proceso que tiene un promedio de demora de dos y medio o tres años. Esto ha generado un problema permanente. Y esto porque el Consejo no ha hecho uso de algo que no está impedido por la ley, que es hacer los concursos anticipadamente. Un día hacer un concurso para jueces civiles, otro día laborales, otro penales…. Tener los concursos ya hechos permitiría, cuando se generen las vacantes, enviar los pliegos para su tratamiento en el Congreso. Yo he insistido varias veces con ésto, pero no encontré acompañamiento
-En Santa Fe existe un mecanismo de ese tipo, al que coloquialmente se lo denomina "banco de suplentes".
- Claro, algo así. Eso permitiría que no haya que esperar tres años para cubrir un cargo. Hoy nos estamos acercando a un 30 % de vacantes. Es decir que hay un tercio de los cargos que están siendo desempeñados por jueces subrogantes, que por lo tanto cumplen una doble tarea: la de su propio juzgado y la del que están subrogando. Esto es claramente antifuncional, y atenta contra el buen servicio de Justicia.
- Y todo esto se da en un contexto complicado, en medio de la tensión entre el Poder Ejecutivo y la Corte, la convocatoria de una marcha en contra alentada desde el oficialismo a las puertas de Tribunales...
- La relación difícil entre el Ejecutivo y la Corte corre por cuenta del Poder Ejecutivo; la Corte no ha dicho nada, no ha hecho nada que pueda encuadrarse en una disputa o que sea una crítica. En tanto, el Poder Ejecutivo, de una manera claramente imprudente, claramente alejada del marco institucional, se ha puesto a cuestionar el funcionamiento de la Corte.
La verdad es que, más allá de que implique una violación a la división de poderes (porque la Constitución dice claramente que el Poder Ejecutivo no puede inmiscuirse en la tarea de los tribunales), se cuestiona el funcionamiento de la Corte como si el del Poder Ejecutivo fuese el de un reloj, cuando si hay algo que funciona mal en este país es el Poder Ejecutivo. Los cortes de luz son responsabilidad del Poder Ejecutivo, la presencia del embajador en un acto en Nicaragua avalando la presencia de un prófugo iraní acusado por el atentado a la Amia es responsabilidad del Ejecutivo, lo mismo que su inacción para pedir la captura. Es decir, son tantas las muestras de mal funcionamiento, que hasta mueve a risa que el presidente se queje del supuesto e imaginario mal funcionamiento de la Corte. Pero más allá de estas evaluaciones, que podrían llegar a ser opinables, lo que no es opinable es que la división de poderes, y el sistema constitucional que la sustenta, veda de manera absoluta que el Poder Ejecutivo diga estas cosas del Poder Judicial, es claramente inconstitucional. Y además, organizar una marcha en contra de la Justicia, es una locura, es algo que nunca se ha visto. El Poder Ejecutivo debería recapacitar y dar marcha atrás; total lo ha hecho tanta veces...
La Corte declaró la inconstitucionalidad de los arts. 1 y 5 de la Ley 26.080 y la inaplicabilidad del art. 7, inc. 3, de la Ley 24.937, de los arts. 6 y 8 de la Ley 26.080, así como de todas las modificaciones efectuadas al sistema de mayorías previsto en la Ley 24.937, que regulan la integración y el funcionamiento del Consejo de la Magistratura de la Nación, y ordenó que el órgano disponga lo necesario para su integración, en los términos de los arts. 2 y 10 de la ley 24.937.
Además, exhortó al Congreso de la Nación para que en un plazo razonable dicte una ley que organice el Consejo de la Magistratura de la Nación. Al respecto, el fallo refiere que la posibilidad con que cuenta el sector político de realizar acciones hegemónicas en aspectos estrechamente vinculados con la designación y eventual remoción de magistrados resulta contraria al equilibrio de representación exigido por el art. 114 de la Constitución Nacional y frustra los objetivos de despolitizar parcialmente ambos procesos y, de ese modo, aumentar la independencia judicial, que se fijaron los constituyentes de 1994 al sancionar esa norma.
Secuencia
Hasta 1994, los jueces federales eran nombrados por el Senado de la Nación a propuesta del Poder Ejecutivo.
Entre los cambios impulsados por Raúl Alfonsín, que integraron primero el llamado Pacto de Olivos con Carlos Menem y luego el Núcleo de Coincidencias Básicas de la reforma, se previó un mecanismo que limite esa facultad del Ejecutivo, y se creó el Consejo de la Magistratura.
El Consejo es un órgano compuesto por representantes de distintos sectores, cuya función es la de seleccionar candidatos a jueces y proponer una terna, para que el Ejecutivo elija de ahí un candidato y envíe el pliego al Congreso para su aprobación. También tiene a su cargo, entre otras funciones, el mecanismo de remoción, a través del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados.
La creación del Consejo, y la definición de su conformación, recién se hizo en diciembre de 1997 (ley 24.937, moficiada por 24.939). La composición era de 20 miembros: el presidente de la Corte de Justicia, 4 jueces federales, 8 legisladores nacionales -4 senadores y 4 diputados- 4 abogados de la matrícula federal, 1 representante del Poder ejecutivo, 1 abogado profesor de universidad pública y 1 académico que proponga el CIN (Consejo interuniversitario nacional).
En febrero de 2006 se sanciona la ley 26.080, por la cual el Consejo pasa a ser integrado por 13 miembros: 3 jueces, 6 legisladores -3 senadores y 3 diputados- 2 abogados, 1 representante del Poder ejecutivo y 1 abogado profesor de universidad pública.
Como marca Ricardo Fessia (El Litoral, 12/1/22), "si bien todos bajan su número y desaparece el presidente de la Corte, es claro que en el juego de poder la "presencia política" es mas fuerte y con "siete votos" se logra lo que el poder de turno imponga. El análisis es sencillo, 4 legisladores son oficiales, el delegado del PE también y los jueces raramente apuestan al perdedor. Desde otra perspectiva, menos mezquina, el resultado es el mismo; seis legisladores mas el presentante del PE, son siete y eso es la mayoría pasando a ser un cuerpo dominado por los políticos, dejando a los "no políticos" -3 jueces, 2 abogados y 1 profesor- en clara minoría".
El desequilibrio resultante es cuestionado por Colegios de Abogados y obtienen fallos favorables en distintas instancias, hasta llegar a la Corte, que también les da la razón. Y dispone restablecer el equilibrio a través de una nueva ley del Congreso que sea dictada en un plazo de 120 días corridos, o en su defecto se restituirá la conformación original (para lo cual el Consejo debe elegir los 6 miembros que se incorporarán junto al presidente de la Corte). A partir de esa fecha, si no se cumple con lo dispuesto, los actos que lleve a cabo el Consejo serán nulos.