La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó en un 79,8% el monto a partir del cual corresponde identificar a los consumidores finales.
El organismo tributario ajusto las cifras para solicitar documentación a los contribuyentes, dependiendo del método de pago utilizado.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó en un 79,8% el monto a partir del cual corresponde identificar a los consumidores finales.
A partir de ahora, según dispuso el organismo conducido por Florencia Misrahi a través de la resolución 4444/19, si el total del ticket o la factura es igual o superior a $344.488 en los pagos con medios electrónicos se deberá identificar al comprador.
En el caso de los pagos en efectivo, el monto tiene que ser igual o superior a $172.244.
Estos montos se actualizan dos veces por año, en enero y julio, de acuerdo a la variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC).
Los datos a pedir son: Apellido y nombre, Domicilio, CUIT / CUIL / CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).
El sistema “Comprobantes en Línea” considera que la operación fue realizada través de medios electrónicos cuando se marca en condiciones de venta, una de las siguientes opciones: Tarjeta de Débito, Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cheque y Ticket.