La ANMAT prohibió la elaboración y venta de un aceite de oliva
El producto de la marca Madre Tierra “carecía de registros sanitarios” y estaba “falsamente rotulado”.
El producto carecer de registros sanitarios
10:07
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó este miércoles en el Boletín Oficial la Disposición 5471/2022 donde anunció que quedó prohibida “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Oliva Extra Virgen”, marca: Madre Tierra”.
El caso fue detectado por la Dirección de Bromatología de la municipalidad de Ushuaia, la cual verificó distintas presentaciones del producto e identificó que la rotulación reglamentaria estaba incompleta. Por tal motivo, procedió a elevar las consultas a distintos organismos.
Desde el municipio se emitieron consultas en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), a la División Alimentos de la provincia de San Juan y a la Dirección General de Bromatología de la provincia de Santiago del Estero. De ese modo, se buscó verificar si el establecimiento estaba habilitado para la elaboración del aceite, sin embargo, se comprobó que el registro es inexistente.
“Aceite de Oliva Extra Virgen”, marca: Madre Tierra”
En el producto el rótulo se mencionaba “Prov. De La Rioja”, pero desde la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja, se informó que “el código del número de registro no corresponde a la jurisdicción consultada”. Por tal motivo, se emitió el alerta al Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria - SIVA del SIFeGA.
Según especifica el documento, el producto fue prohibido por "carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal".
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio", precisa.
Debido a que no puede garantizarse la trazabilidad, condiciones de elaboración y calidad del producto, desde la ANMAT se prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto”.
En el artículo 2 de la Disposición, se detalló que queda prohibida la venta en todo el país de “productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios el RNE N° 2213-275404-30 y el RNPA N° 2213-7223-55, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y un RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales”.
De esa manera al no poder garantizar el proceso de elaboración y comercialización del producto, la ANMAT buscó proteger la salud de la población con la prohibición del mismo. Por ello, detalló que se trata del aceite de oliva Madre Tierra “de contenido neto: 2000ml, Establ. N° 18634564, Prov. de la Rioja, RNE 2213-275404-30, RNPA 2213-7223-55″.