En un esfuerzo por estimular la demanda de bienes y servicios, el Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, conocido como "Cuota Simple", experimenta cambios significativos, según la última Resolución 55/2024 publicada en el Boletín Oficial.
El Programa Cuota Simple se creó para estimular la demanda de bienes y servicios mediante facilidades de financiamiento a plazo. La vigencia es hasta el 31 de mayo de 2024, siendo prorrogable su plazo. La Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía es designada como la Autoridad de Aplicación del Programa con la facultad de dictar normas reglamentarias y complementarias.
La medida tiene un plazo de operatividad de noventa días
Cuáles son los cambios
Una de las incorporaciones más destacadas es la inclusión del rubro "Turismo" en el programa. Esta adición abarca una amplia gama de servicios y productos dentro del Territorio Nacional, tales como pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, así como productos regionales. La medida tiene un plazo de operatividad de noventa días, contados a partir del 7 de febrero de 2024, buscando propiciar oportunidades para los usuarios y consumidores durante los fines de semana de Carnaval y Semana Santa.
Las prestaciones turísticas que se pueden comercializar en 3 y 6 cuotas dentro del programa comprenden “servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional”, especifica el texto. El límite parece buscar impedir financiar a tasas bajas consumos dolarizados en momentos en los que el Gobierno todavía transita el camino hacia la unificación cambiaria. Dicho de otra forma, no habrá nada de financiamiento oficial para viajes al exterior.
Cuota Simple podrá ser utilizado para pagar pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales, detalla la resolución.
Las prestaciones turísticas que se pueden comercializar en 3 y 6 cuotas
Otro cambio significativo es la actualización en la tecnología admitida para los teléfonos celulares. Ahora, los comercios que califiquen como "Supermercados", "Hipermercados" o "Tiendas de Rubros Generales" podrán comercializar teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G mediante los tipos de financiamiento ofrecidos por "Cuota Simple". Esta medida no solo amplía la oferta de bienes, sino que también se adapta a la creciente demanda de dispositivos móviles avanzados.
En cuanto a las modificaciones específicas en el reglamento, el Punto 4.4, que establece quiénes pueden adherirse al programa, se ha actualizado para incluir a los proveedores y comercios que comercialicen en forma principal los bienes del programa. Además, aquellos establecimientos calificados como "Supermercados", "Hipermercados" o "Tiendas de Rubros Generales" podrán adherirse únicamente para la comercialización de bienes específicos.
El Punto 5.1, que enumera los bienes y servicios incluidos en el programa, experimento cambios significativos. Se detallan las categorías de bienes que pueden ser adquiridos mediante el financiamiento previsto, como Línea Blanca, Indumentaria, Calzado y Marroquinería, Teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G, Muebles, Bicicletas, Motos, Servicios Educativos, Colchones, Libros, Anteojos y Lentes de Contacto, entre otros. La inclusión del rubro "Turismo" abre nuevas posibilidades para los consumidores interesados en planificar sus viajes dentro del país.
Además, las Tasas Directas del Programa, que determinan los costos financieros para los usuarios y comercios participantes, se han actualizado. Estas tasas se calcularán a partir de la Tasa Nominal Anual equivalente al 85% de la tasa de Plazos Fijos establecida por el Banco Central de la República Argentina para personas humanas. Estos cambios buscan ajustar las tasas a las condiciones económicas actuales, brindando mayor claridad y previsibilidad tanto a los consumidores como a los comercios adheridos.
En cuanto al proceso de compra, se establece que los usuarios podrán adquirir bienes con financiamiento de tres o seis cuotas fijas mensuales, dependiendo de la categoría del producto. Los proveedores y comercios podrán cobrar en un plazo de hasta diez días hábiles, aplicando tasas máximas de descuento del 10,76% para tres cuotas y del 19,76% para seis cuotas.
Tasas de Interés
Las tasas de interés se calculan a partir de la Tasa Nominal Anual equivalente al 85% de la tasa de Plazos Fijos fijada por el Banco Central de la República Argentina para personas humanas, entre otros detalles técnicos.