Entidades religiosas se eximirán fácilmente del Impuesto a las Ganancias
Ya no deberán presentar ni su balance ni su declaración jurada. La Secretaría de Culto de la Cancillería emitirá un certificado que les dará acceso a este beneficio impositivo.
Entidades religiosas se eximirán fácilmente del Impuesto a las Ganancias
Martes 23.7.2019
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Última actualización 22:14
La AFIP simplificará la tramitación del certificado de exención en el impuesto a las ganancias para aquellas entidades reconocidas por la Secretaría de Culto, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación. Esta exención surge de la Ley 24.483 y del Decreto 1092/97.
A las entidades, solo se les exigirá el certificado emitido por el Ministerio, que luego deberán presentar en la AFIP.