El Congreso de la Nación Argentina sancionó la Ley Olimpia, una serie de modificaciones a la Ley 26.485 destinadas a abordar la creciente amenaza de la violencia digital contra las mujeres.
La nueva legislación introduce cambios para garantizar la protección de los derechos digitales de las mujeres. Cuáles son los principales puntos.
El Congreso de la Nación Argentina sancionó la Ley Olimpia, una serie de modificaciones a la Ley 26.485 destinadas a abordar la creciente amenaza de la violencia digital contra las mujeres.
La nueva legislación introduce cambios significativos para garantizar la protección de los derechos digitales de las mujeres y prevenir la violencia de género en el espacio virtual. Entre las modificaciones clave, se destaca la incorporación del concepto de "Violencia Digital" como una forma de agresión que afecta la vida, la integridad y la dignidad de las mujeres en el ámbito digital.
Derechos Digitales: Se incorpora un nuevo inciso que reconoce y protege los derechos y bienes digitales de las mujeres, así como su participación en el espacio digital.
Respeto en el Espacio Digital: Se modifica la ley para garantizar el respeto a la dignidad, reputación e identidad de las mujeres incluso en los espacios digitales.
Definición de Violencia Digital: Se establece la definición de violencia digital como toda conducta basada en razones de género, cometida a través de tecnologías de la información y la comunicación, con el propósito de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales.
Servicio de Contención: Se implementará un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito para brindar contención, información y asesoramiento sobre recursos disponibles para prevenir la violencia contra las mujeres.
Promoción de la Alfabetización Digital: Se promoverán programas de alfabetización digital y buenas prácticas en el uso de tecnologías en el ámbito educativo y en la formación docente.
Prohibición de Contacto Digital: Se otorgan facultades para ordenar la prohibición de contacto del presunto agresor hacia la mujer a través de cualquier tecnología de la información y la comunicación.
Supresión de Contenidos: Las empresas de plataformas digitales podrán ser ordenadas a suprimir contenidos que constituyan violencia digital, con medidas para asegurar los datos informáticos relacionados.
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