El Litoral / NA
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Por Fabián Ruocco (*)
Mientras los socorristas siguen buscando víctimas en la ciudad de Brumadinho del estado brasileño de Minas Gerais tras la trágica ruptura de una represa, surge la pregunta respecto de esa realidad en nuestro país.
Si bien la Argentina cuenta con un Organismo Regulador de la Seguridad de Presas dependiente del Ministerio del Interior, Obras Publicas y Vivienda de la Nación, no tiene entre sus funciones la fiscalización de los Diques de Colas Mineros. Es decir, no se realizan inspecciones con personal experto del Estado.
A la hora de obtener la licencia socioambiental de un proyecto minero, la sociedad civil no sabe de su existencia ni de sus potenciales riesgos.
Eso es materia pendiente tanto en la seguridad estructural como en la dimensión ambiental de los materiales acumulados.
Por este tipo de problema, que incluso se genera en el cierre o detención de un yacimiento, podemos afirmamos que la carencia de la Licencia Socioambiental se puede identificar como uno de los mayores riesgos de la minería en la actualidad.
Si bien es cierto que el negocio de las empresas es la extracción y procesamiento de minerales, la relación con sus vecinos se ha transformado en un área fundamental en la legislación de muchas provincias.
Sin embargo, poco saben que la seguridad de presas es el manejo coordinado de distintas disciplinas técnicas especializadas que intervienen en el diseño, cálculo, construcción, mantenimiento, operación y remoción de una presa, con el objeto de alcanzar y mantener el mayor nivel de seguridad factible.
Las presas y la práctica de la ingeniería asociada a ellas han jugado un papel fundamental en la historia de la civilización, permitiendo al hombre equilibrar en parte, la irregular distribución espacial y temporal del agua en el planeta, contribuyendo al desarrollo de la humanidad a partir de sus múltiples propósitos, como acumulación de agua para riego, regulación de crecidas, generación de energía, diques de cola de la minería, incorporación de espacios para la recreación, entre otras utilidades.
Al mismo tiempo, de la mano del avance del conocimiento, el proyecto y construcción de estas grandes obras ha evolucionado hacia estructuras de retención cada vez más altas, que han dado lugar a su vez a embalses más voluminosos. Esta situación genera, sin lugar a dudas, un factor de riesgo para vidas y bienes de quienes habitan aguas abajo.
El rol fundamental del Estado
Las consecuencias de la rotura de una presa son generalmente de una gravedad tal que la sola posibilidad de falla implica una altísima responsabilidad, tanto para los técnicos encargados de su diseño, explotación y control, que deben extremar al máximo sus esfuerzos por minimizar dicho riesgo, como para aquellas autoridades que deben asegurar que existan los recursos humanos y económicos imprescindibles para su atención.
El desarrollo de la ingeniería produjo un importante avance tecnológico en torno al monitoreo y observación de estas obras hidráulicas, recomendando criterios para su diseño, construcción y explotación.
Sin embargo, el mismo no contó con el necesario correlato de los instrumentos legales de respaldo, para una necesaria y estricta regulación de la seguridad estructural de estas obras por parte del Estado.
Lamentablemente, recién luego de una serie de fallas y roturas de trágicas consecuencias, ocurridos en Europa y Estados Unidos entre cuatro y cinco décadas atrás, tuvo origen en estos países la necesaria legislación que posibilita hoy un riguroso control del comportamiento de las mismas.
A partir de la aparición de la legislación correspondiente, un país dispone de la herramienta para brindar la mayor protección a las comunidades que se encuentran aguas abajo de las presas. La norma legal establece obligaciones para los operadores de las presas, principales responsables de brindar un ‘servicio de seguridad de presas‘, y también los mecanismos para que el Estado regule sus actividades.
Desde que su prestación compromete vidas y bienes de ciudadanos, el ‘servicio de seguridad de presas‘ es público, es decir que obliga a quien lo presta a cumplirlo y genera al Estado el compromiso de controlar el cumplimiento de sus obligaciones para evitar que eventualmente se inicien emergencias en las presas, o que iniciadas puedan mitigarse al máximo sus efectos sobre la población.
Los pilares básicos de la seguridad de presas (que deben cumplir los operadores) son:
> El correcto diseño y construcción.
> El mantenimiento y control del comportamiento durante la operación.
> La preparación para actuar eficientemente y a tiempo si es que se produce una emergencia.
Ante la terrible realidad de lo sucedido en Brasil nos preguntamos, ¿en Argentina está todo en orden?.
(*) - Director ejecutivo del Centro de Desarrollo y Asistencia Tecnológica (CEDyAT).