Coronavirus: España otorga un plazo de 48 horas a Madrid para establecer el aislamiento "obligatorio"
La Comunidad de Madrid, por su parte, anunció que no acatará la orden y que estudia recurrirla porque considera que no tiene validez jurídica.
Coronavirus: España otorga un plazo de 48 horas a Madrid para establecer el aislamiento "obligatorio"
Jueves 1.10.2020
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Última actualización 19:16
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves la orden del Ministerio de Sanidad que salió adelante ayer en la reunión del Consejo Interterritorial de Salud, que supone la aplicación de nuevas restricciones en Madrid y las grandes ciudades con mayor impacto de coronavirus y que será de obligado cumplimiento en un plazo de 48 horas.
“Este acuerdo será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud”, señala el BOE, incluidas las que han rechazado las medidas, como Madrid, Andalucía, Catalunya, Galicia y Ceuta. En la práctica afecta únicamente a Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. Según la resolución publicada en el BOE, en la actualidad hay en España 11 municipios de más de 100.000 habitantes, que incluyen 4.988.601 habitantes, con tasas de incidencia superiores a los 500 casos por 100.000 habitantes. La tasa promedio de estos municipios es de 892 casos por 100.000 en los 14 días valorados, más de tres veces la incidencia nacional, si bien la situación de estos territorios no es homogénea en términos de capacidad diagnóstica y asistencial, señala.
Prohibidos los desplazamientos y las reuniones de más de seis personas
La nueva orden describe medidas de “obligado cumplimiento” como la restricción de entrada y salida de los municipios afectados salvo para ir a trabajar, al médico, a la universidad, a realizar algún trámite legal. También se permite la movilidad para la asistencia y cuidado de personas mayores o para realizar un examen así como otros motivos debidamente acreditados además de para realizar a la residencia habitual.
Además quedan prohibidas las reuniones tanto de carácter social o familiar de más de seis personas tanto en la vía pública como en el ámbito privado salvo si se trata de convivientes “y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas”.
Limitaciones de en el aforo y en los horarios
La norma también establece limitaciones de aforo máximo para garantizar la distancia entre personas. En establecimientos comerciales y servicios al público se permite un aforo del 50% y se deberá cerrar a las 22 horas salvo excepciones. En establecimientos de hostelería también se aplica un aforo del 50% en locales interiores y del 60 en el exterior. No se permite el consumo en barra y en el interior de los locales debe existir una distancia de 1,5 metros. La ocupación máxima será de seis personas por mesa, no se podrá servir a partir de las 22 horas y la hora de cierre está prevista para las 23 horas, exceptuando entregas a domicilio.
En el caso de centros de culto el aforo máximo será de un tercio, garantizando en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. En velatorios se permiten un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y diez en cerrados, sean o no convivientes.
Forzar capacidades para la detección precoz
En academias y autoescuelas el aforo máximo será del 50%, lo mismo que en instalaciones deportivas en espacios interiores (en exteriores será del 60%). También la práctica deportiva quedará reducida al a un máximo de seis personas.
La medida también obliga a estos municipios a forzar sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19.
Madrid no acata la orden
La Comunidad de Madrid ya anunció este miércoles que no acataba esta orden y que estudiaba recurrir el acuerdo porque considera que no tiene validez jurídica.