Carlos Falcó se ocupó en vida de que su querida hija pudiese optar al título sin problemas, buscando el visto bueno del rey y de las autoridades para poder consignar a Tamara en el testamento. Pero tampoco habría tenido mayor problema: como refleja el BOE, Tamara será marquesa por "sucesión por distribución", la facultad que permite a los poseedores de títulos distribuirlos entre sus hijos. De los títulos que ostentaba Carlos Falcó, sólo uno, el de marqués de Castel-Moncayo, tenía que ser –como de hecho ha sido hace apenas dos semanas– para el primogénito, Manuel Falcó. Que ha tenido que presentar menos documentos, pero ha tenido que pagar más por su título.
La razón es simple: el marquesado de Castel-Moncayo lleva aparejado el título de Grande de España, una distinción que lo coloca varios peldaños por encima del de Griñón. Y la ley establece que el título principal es el que se llevará siempre el "inmediato sucesor" (en este caso, el primogénito). Carlos Falcó no habría podido legar ese título a su hija, por ejemplo. Pero sí tenía libertad (siempre que hiciese constar en el mismo documento que el principal iba para Manuel) para designarla a ella sucesora de Griñón. Y su testamento ante notario es uno de los documentos que ha tenido que presentar Tamara para poder optar al título.
La diferencia entre ambos títulos no está solo en la distinción, también en el tratamiento que recibirán ambos: el marqués Manuel Falcó será "excelentísimo señor" (por ser Grande de España) y la marquesa Tamara Falcó será ilustrísima señora" ...Y en las tasas que hay que abonar al Ministerio de Justicia para poner en marcha la sucesión. Los títulos nobiliarios hereditarios no se heredan sin más, porque no son propiedades personales. El rey, por así decirlo, permite que pasen a los herederos legítimos pero, cuando un marqués fallece, su título queda "vacante por fallecimiento" hasta que se efectúa ese "permiso".
Tenés que leerEspaña: Carlos Falcó muere a causa del coronavirusMientras que las personas normales podemos heredar una vez cumplidos ciertos requisitos –el certificado de defunción y el testamento, o el libro de familia si no hay testamento–, nosotros no tenemos que escribir una carta al rey pidiendo el título, algo que sí han tenido que hacer Tamara y Manuel Falcó. Ni presentar un árbol genealógico completo. Ni –aunque para esto dan un año desde que se expide el título, afortunadamente– los certificados de nacimiento y matrimonio de toda la gente que salga en el árbol genealógico. Tampoco tenemos que abonar por separado 631,42 euros para poder ser marquesa de Griñón o 2.213,04 euros para poder ser marqués de Castel-Moncayo, que es lo que corresponde a un título normal y a uno con grandeza, respectivamente.
Por último, quedaría el caso de Esther Doña, a quien correspondía este tiempo la gracia de marquesa viuda en ambos casos. En principio, una vez que se heredan los títulos, el tratamiento de marquesa viuda depende del nuevo titular: es decir, cuando se apruebe en el BOE la petición de Tamara, corresponderá a Tamara Falcó permitir que Esther Doña pueda ser denominada marquesa viuda de Griñón.