La Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ) decidió hoy que Uruguay incumplió disposiciones internacionales al autorizar la instalación de las pasteras Botnia y Ence y de un puerto en la ciudad de Fray Bentos, aunque dijo que “no hay motivos” para ordenar el desmantelamiento de la pastera finlandesa.
El tribunal planteó que el país vecino no cumplió con obligaciones previstas en el estatuto del río Uruguay que la Argentina y Uruguay firmaron en 1975. Concretamente, indicó que el país vecino no informó debidamente sobre la construcción de las plantas de celulosa y que “no tenía derecho” a comenzar su construcción mientras estaba en marcha el proceso de negociación con la Argentina.
La Corte consideró -por 13 votos a 1- que Uruguay “incumplió obligaciones procesales”, pero -por 11 a 3- “no hubo incumplimiento de obligaciones de fondo”. En tanto, los reclamos sobre contaminación, fueron desechados por unanimidad.
Incumplimiento
“Uruguay no transmitió sus evaluaciones o las transmitió luego de haber otorgado las autorizaciones para las dos plantas de celulosa. Uruguay dio prioridad a su legislación interna y no cumplió con su obligación de notificar a la Argentina a través de la Comisión Administradora del Río Uruguay (Caru)”, sostuvo Peter Tomka, presidente a cargo de la CIJ en el primer tramo de la lectura del veredicto.
El tribunal indicó que no tenía elementos para expedirse sobre la contaminación sonora y visual, que también denunció la Argenina, en la zona en la que funciona Botnia. El mismo criterio aplicó respecto de los malos olores, que no están contemplados en “ningún artículo del estatudo de 1975” y, por lo tanto, “su impacto sobre el turismo argentino no es de competencia de esta Corte”.
En cuanto a la contaminación del agua, que sí está contemplada en el estatuto, indicó que “no hay relación directa entre el uso de Uruguay del suelo y de los cambios que se han producido en las aguas que la Argentina atribuye a las plantas de celulosa”.
Para que no quedasen dudas sobre los efectos del fallo, la Corte especifió que, en cuanto a las actividades de Botnia, “no hay motivos para ordenar el cese. Ordenar el desmantelamiento de la planta no sería adecuado”.
Los efectos
El veredicto de la CIJ es inapelable y vinculante, es decir, debe ser acatado por ambos países, sin recurso posible. El tribunal no se expidió sobre los bloqueos de la ruta internacional 136 que los vecinos de Gualeguaychú iniciaron en noviembre de 2006 y que, según anticiparon esta mañana al conocerse la sentencia -cuya lectura siguieron a través de pantallas gigantes montadas en el asentamiento- seguirán llevando a cabo.
Según trascendió, los presidentes Cristina Kirchner y José Mujica preparan un encuentro para las próximas semanas, en el que se espera que analicen el fallo y sus consecuencias para ambos países.
En tanto, la consejera legal de la Cancillería, Susana Ruiz Cerutti, afirmó que está “satisfecha” con el fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya por la pastera de UPM (ex Botnia) en Uruguay, al sostener que la lucha de los asambleístas “por el ‘No a las papeleras’ se ha visto reflejada en esta sentencia”.
“Esto le va a hacer mucho bien a la relación bilateral”, enfatizó la funcionaria a la prensa tras asistir a la lectura del fallo y agregó: “Vamos a tener que volver al camino de la cooperación que nunca debimos haber abandonado”.
Remarcó que de ahora en más el vecino país “no va a poder llevar adelante otro proyecto sin someterse al Tratado del Río Uruguay” y expresó que “lo que la Corte ha dicho sobre la conducta del Uruguay es muy importante”, porque ha señalado “que ha incumplido un tratado vigente de 1975”.