También retomarán las actividades los salones de eventos infantiles
Corrientes: vuelven a abrir los cines
Gentileza
13:57
Desde este miércoles, la Subsecretaría de Comercio de la ciudad de Corrientes habilitó el funcionamiento de las salas de cine bajo estricto protocolo sanitario y declaraciones juradas digitales de Covid-19. Los salones de eventos infantiles también han recibido el permiso municipal.
La disposición Nº 10 del 25 de enero de la Subsecretaría de Comercio, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico, es la que habilita en la ciudad de Corrientes “el funcionamiento de salones de eventos y cines, bajo la modalidad y las condiciones de capacidad establecidas por los protocolos sanitarios”. La misma incluye la apertura “de salones de eventos infantiles los cuales deberán funcionar bajo la modalidad de talleres recreativos y/o colonia de vacaciones, y con los protocolos sanitarios dispuestos para dichas actividades”.
Cabe aclarar que los conocidos ‘’peloteros’’ se encuentran habilitados exclusivamente para para clases recreativas y colonias de vacaciones. El cupo de niños no supera los 10 y la mayoría de los salones ofrecen reservas, pero también la posibilidad de que las familias puedan ir en cualquier momento del día.
Respecto a la implementación de la Declaración Jurada Digital de COVID-19, los propietarios o encargados de los comercios deben completar y enviar el formulario de solicitud por cada local/ sucursal. Luego recibirán un mail con los respectivos usuario y clave para acceder a la plataforma digital.
En pos de continuar garantizando la seguridad de los vecinos, dispusimos que el sistema de Declaración Jurada Digital de COVID-19 sea obligatorio para los comercios, incluidos los cines y salones de eventos que vuelven a funcionar bajo las condiciones establecidas por protocolo. pic.twitter.com/B7lXbgwod7
— Municipalidad de Corrientes (@municorrientes) January 27, 2021
En caso de no cumplir con esta normativa, se aplicará la sanción de clausura preventiva de los comercios y las correspondientes multas conforme a los establecidos por la ordenanza municipal Nª2081/90 (art.20 y ccs.).