Fin de la media res: se oficializaron los requisitos y precisiones para el sistema de troceo
Con este nuevo sistema las medias reses deberán ser fraccionadas en partes que no superen los 32 kilos.
Fin de la media res: se oficializaron los requisitos y precisiones para el sistema de troceo
Viernes 28.10.2022
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Última actualización 15:16
La Secretaría de Agricultura estableció una serie de requisitos y precisiones para el sistema de troceo para el comercio minorista local de carne vacuna que comenzará a regir el 1 de noviembre. A través de la resolución 91/2022 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Entra en vigencia el nuevo sistema de comercialización de carne en piezas de hasta 32 kilos, y junto con ese cambio vendrán otros, como el sistema de identificación en etiquetas para cada pieza, que pone fin al clásico sello de tinta violeta sobre la carne.
El organismo publicó la normativa correspondiente a la forma de trazabilidad que se implementará a partir de la entrada en vigencia del troceo, y en ese proceso, según detalla, se deberá reemplazar los característicos sellos que muchos establecimientos de faena estampaban sobre la carne por etiquetas impresas que contengan toda la información correspondiente de cada corte de carne. Para adaptarse a esta modalidad los establecimientos tendrán 180 días.
Mientras algunos frigoríficos y faenadores consideraban que no estaban dadas las condiciones para el troceo y que iba a encarecer el producto final. Los exportadores por su parte defendieron la medida por su mejora para el trabajador, por el menor peso de carga, destacaron las mejor condiciones de higiene y remarcaron que bajará el precio final ya que habrá menos desperdicio por parte de las bocas de expendio.
Esta semana, Senasa confirmó que el 80% de los establecimientos están en condiciones de comenzar con el troceo.
La nueva resolución indicó que las plantas faenadoras, de acuerdo con su modalidad comercial, deberán prever en playa de faena la cantidad de trozos que se realicen, cada uno de ellos deberá encontrarse identificado con el número de tropa, correlativo de faena, clasificación y tipificación. Los sellos sanitarios y comerciales obligatorios deben resultar en todos los casos perfectamente legibles.
La identificación de los trozos deberá hacerse indefectiblemente en playa de faena, quedando prohibida la individualización posterior de los mismos.
Las plantas faenadoras que estampen los sellos deberán reemplazarlos por etiquetas impresas por medio de sistemas de computación en un plazo perentorio de 180 días
Estas etiquetas serán confeccionadas en papel parafinado, poliamidas o polipropileno orientado (OPP), apto para su contacto con la carne y contendrán como mínimo el nombre, números de inscripción en los registros y de habilitación sanitaria y Código Único de Identificación Tributaria (CUIT) del establecimiento faenador
El troceo deberá realizarse, ingresando a producción exclusivamente las medias reses agrupadas por número de tropa, para lo cual deberá asegurarse la correcta separación e identificación entre la tropa en elaboración y la siguiente a procesar.
Los establecimientos en donde se realiza troceo, deberán llevar un Libro de Ingreso de Materia Prima Apta para la Elaboración de Trozos, rubricado por la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, donde registrarán la entrada a los mismos de la mercadería en forma cronológica.
Los establecimientos que cuenten con Libro de Salida de Carne Bovina (vacuna y/o bubalina) rubricado quedarán eximidos del requisito anterior.