Etiquetado frontal: el sábado comienza a regir una ley clave para la salud y hay dudas si se cumplirá
El objetivo es que la población cuente con información clara en los envases sobre los productos que consume. Esto contribuye a evitar la obesidad, hipertensión y riesgos cardíacos, entre otras enfermedades. Organizaciones alertan que no se estarían cumpliendo los plazos establecidos en la norma.
Ley de etiquetado frontal fue reglamentada el 23 de marzo de 2022
Desde el próximo sábado rige en todo el país la nueva Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como Ley de Etiquetado Frontal, cuyo objetivo es advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos alimenticios, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos, entre otras enfermedades.
La Ley fue reglamentada el 23 de marzo de 2022 y su implementación consta de dos etapas, según las particularidades de los alimentos. La primera etapa rige los primeros 9 meses desde la fecha de entrada en vigencia de la norma, y 15 meses para el caso de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes); y la segunda, en un plazo no mayor a los 18 meses, y de 24 meses para las Pymes, según informó Télam.
El Gobierno Nacional emitió un comunicado en el que indica que en agosto se cumple el primer plazo para las grandes empresas. De esta manera, los envases de alimentos y bebidas elaboradas luego del 20 de agosto comenzarán a aparecer en las góndolas con sus respectivos sellos a medida que se vayan distribuyendo y comercializando en el mercado. Por otro lado, las empresas pequeñas o medianas tienen un plazo mayor de tiempo para incorporar el etiquetado, que se prolonga hasta el 20 de febrero de 2023.
El mismo comunicado del Gobierno informa que de las 2.658 solicitudes ingresadas para la prórroga en la implementación de los sellos de advertencias, que engloban a un total de 236 empresas, hasta el momento fueron aprobados alrededor del 35 % de los pedidos. En tanto, del total de registros con autorización sanitaria, sólo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y Pymes Tramo II.
Los principales rubros que se presentaron son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (21,62%); panificados y galletitas (15%); embutidos y conservas cárnicas (14,45%); lácteos (11,27%); bebidas analcohólicas (10,63%); frutas y verduras procesadas (7,39%); cereales y pastas (6,55%); salsas y aderezos (5,19%); postres y polvos para preparados (2,96%); snacks (2,16%); helados (1,09%); sopas y caldos (1,02%); café y té (0,67%).
Frente a la inminente implementación del Etiquetado Frontal, la Coalición Nacional para Prevenir la Obesidad Infantil en Niños, Niñas y Adolescentes realizó una presentación en la que resalta la importancia de que la Ley sea aplicada en tiempo y forma.
Desde la Coalición ven además con preocupación algunos aspectos del proceso de implementación de la Ley que podrían atentar contra el cumplimiento efectivo de la misma. Algunos de estos puntos son:
No se conoce qué empresas y productos se concedieron prórrogas, ni los criterios para aceptarlas o rechazarlas.
La industria alimentaria interfiere a través de diversas estrategias para impedir u obstaculizar la correcta aplicación de la norma.
Por otro lado, la Coalición establece la necesidad de que las jurisdicciones avancen en el dictado de normas locales para garantizar su total y adecuada aplicación a nivel subnacional.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) puso a disposición de toda la población una calculadora de nutrientes críticos para saber qué alimentos deberán tener sellos de advertencia en sus envases.
A través de la página https://sellos.anmat.gob.ar/Calculadora, los consumidores podrán ingresar en la calculadora online las cantidades de calorías, azúcares, grasas y sodio de acuerdo al rótulo nutricional del producto, y luego el sistema arrojará los resultados.
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