A través de una Resolución publicada en el Boletín Oficial, les informó a las empresas las reglas que debe cumplir el logo en el que se marcará el importe congelado
En un contexto de alta inflación y aumento sostenido de la pobreza, que según los últimos registros fue del 40,6% en el primer semestre del año, el Gobierno avanzó con el etiquetado de precios máximos en algunos productos que se venden en comercios de barrio. La medida se anunció a través de Resolución 991/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Esta iniciativa se da el marco del programa Súper Cerca, el cual fue lanzado días atrás y busca puntualmente contener el aumento de ciertos artículos de primera necesidad que se consiguen en los supermercados chinos.
El nuevo esquema de precios fue acordado con las empresas de consumo masivo y congelado hasta diciembre próximo, por lo que hasta esa fecha no sufrirán incrementos unos 70 productos de la canasta básica y serán los mismos en todo el país.
La diferencia con otros planes similares es que en esta ocasión se pactó con las marcas que el importe fijado va a estar impreso directamente en sus paquetes para evitar así que se remarquen los valores en las góndolas.
La implementación de este programa, fue más lento de lo esperado. Ese alcance más focalizado y las dificultades operativas que implicó para las empresas adaptar sus líneas de producción a una nueva con envases distintos demoró su puesta en marcha.
La nueva canasta tiene alimentos básicos, tanto de primeras como de segundas marcas, entre los cuales hay fideos, arroz, aceite, lácteos, polenta y yerba, entre otros, pero también artículos del rubro de limpieza, otros como de higiene y cuidado personal, lavandinas o jabones.
Este viernes, la secretaria de Comercio Interior, Paula Español, firmó la Resolución que, por un lado, definió el modelo de contrato que deberán firmar todos los supermercados que se adhieran al plan y, por el otro, estableció cómo debe ser el nuevo etiquetado de los productos.
De esta manera, el Gobierno estableció las reglas técnicas que tendrán que cumplir las marcas a la hora de imprimir sus nuevos paquetes, los cuales ahora deberán incluir en su parte superior derecha el logo con el precio congelado.
Las autoridades nacionales informaron el tamaño que deberá tener este símbolo, el tamaño exacto, tanto de los números como de las letras, y su ubicación, dependiendo del tipo de envase en el que se incluya.
La idea del Poder Ejecutivo fue que convivan los dos programas: Precios Cuidados en los grandes supermercados -lo que representa según cálculos oficiales el 35% del consumo de los hogares- y Súper Cerca con una capilaridad mayor.
Poco después de que se anunciara el segundo de estos acuerdos, fuentes de una de las alimenticias más importantes del país ya advirtieron que ese primer paso de imprimir el precio en los envases “no fue fácil” para las empresas.
“Tenés que adaptar las líneas de producción, cortar la que está vigente y arrancar una especial para el programa, eso es algo que generó dificultades operativas en cualquier fábrica”, mencionaron.
La decisión de avanzar con la reglamentación de este plan se da cuando la pobreza en la Argentina alcanzó el 40,6% en el primer semestre del año, mientras que la indigencia fue del 10,7% de la población, según publicó este jueves el el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). De esta manera, casi 19 millones de personas son considerados pobres por no poder cubrir el costo de la canasta básica total.
La pobreza abarcó a 18,8 millones de habitantes y la indigencia a casi 5 millones, según la proyección al total país de 46,4 millones de personas de la Encuesta Permanente de Hogares en 31 aglomerados urbanos con una población de 28,9 millones de personas.
Entre los considerandos de la Resolución publicada este viernes, las autoridades nacionales señalaron que “es deber del Gobierno Nacional garantizar los derechos esenciales de la población y su goce efectivo, resultando un interés prioritario asegurar el acceso equitativo sin restricciones a los bienes básicos, especialmente a aquellos tendientes a la protección de la salud, alimentación e higiene individual y colectiva”.
Además, remarcaron que la ley vigente habilita a la Secretaría de Comercio Interior “a establecer, entre otras cosas, precios de referencia, a fin de satisfacer necesidades básicas o esenciales orientadas al bienestar general de la población”.
Por esta razón, encontraron “necesario y conveniente implementar un acuerdo estructural con las empresas proveedoras de bienes de consumo masivo que, por sus características, forman parte del universo de productos que tienen especial relevancia en la satisfacción de las necesidades básicas de los consumidores y usuarios”.